56. El 30 de noviembre de 1992 la Corte Superior de Quito dictó auto cabeza de proceso en contra del señor Montesinos (y otros) por presuntamente haber actuado como complice y encubridor del delito de enriquecimiento ilícito. Así, consideró que la policia había logrado establecer el mecanismo utilizado por la organización delictiva a la que presuntamente pertenecía el señor Montesinos, para lograr el enriquecimiento ilícito y transferencia de dinero producto del narcotráfico43. 57. El 22 de noviembre de 1996 la Presidencia de la Corte Superior de Justicia declaró abierta la etapa plenaria en contra del señor Montesinos 44 y determinó su “presunta responsabilidad” como coautor del delito de enriquecimiento ilícito. Además, confirmó la prisión preventiva y la incautación de todos los bienes, dineros, y demás valores que hubiesen sido utilizados o producto de la comisión del delito45. 58. Contra dicha apertura de plenario el señor Montesinos interpuso un recurso de apelación, el cual fue aceptado a trámite el 3 de diciembre de 1996 46. 59. El 7 de mayo de 1998 la Cuarta Sala de Conjueces de la Corte Superior de Justicia de Quito tuvo conocimiento del recurso interpuesto por el señor Montesinos y dictó auto de sobreseimiento definitivo del proceso47. C.2 Del delito de conversión y transferencia de bienes 60. El 30 de noviembre de 1992 la Corte Superior de Quito dictó auto cabeza de proceso en contra del señor Montesinos, al considerar que existían graves indicios sobre su participación como cómplice y encubridor del delito de conversión o transferencia de bienes. En dicha resolución se ordenó, además, la prisión preventiva del señor Montesinos y la incautación de sus bienes muebles e inmuebles48. 61. El 30 de septiembre de 1996, la Corte Superior de Quito declaró abierta la etapa de plenario49. En dicha resolución dispuso que se mantuviera la prisión preventiva en contra del señor Montesinos y la tramitación del juicio en su contra, por presuntamente haber sido coautor del delito de conversión y transferencia bienes 50. Contra dicha apertura a la etapa de plenario el señor Montesinos interpuso recurso de apelación 51. 62. La Sala Cuarta de la Corte Superior de Justicia, mediante resolución del 29 de abril de 1998, aceptó el recurso de apelación y dictó auto de sobreseimiento definitivo a favor del señor Montesinos 52 . En esta resolución la Corte Superior determinó que no se había justificado la tipicidad contemplada en el artículo 77 de la Ley de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, pues el delito de conversión y transferencia de bienes es un acto típico consecuente del delito principal de narcotráfico y no concurrente con éste. Así, al 43 Resolución de la Corte Superior de Quito de 30 de noviembre de 1992 (expediente de prueba, folios 971-974). Contestación del Estado de Ecuador de 6 de septiembre de 2018 (expediente de fondo, folio 186). 45 Resolución de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia (expediente de prueba, folios 177-339 y 414-576). 46 Contestación del Estado de Ecuador de 6 de septiembre de 2018 (expediente de fondo, folio 187). 47 Resolución de la Corte Superior de Justicia de fecha 7 de mayo de 1998 dentro de la causa por enriquecimiento ilícito, por la cual sobresee de forma definitiva al señor Montesinos (expediente de prueba, folios 1265-1277). 48 Resolución de la Corte Superior de Quito de 30 de noviembre de 1992 (expediente de prueba, folios 964-969). 49 Contestación del Estado de Ecuador de 6 de septiembre de 2018 (expediente de fondo, folio 182). 50 Resolución de la Corte Superior de Quito de 30 de septiembre de 1996 (expediente de prueba, 71-162 y 577668) y Oficio N° 2078-CSJO-96, emitido por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de 25 de noviembre de 1996 (expediente de prueba, 341 y 398) y Contestación del Estado de Ecuador de 6 de septiembre de 2018 (expediente de fondo, folio 182). 51 Resolución de la Corte Superior de Justicia Sala Cuarta de 29 de abril de 1998 (expediente de prueba, folio 164) 52 Resolución de la Corte Superior de Justicia Sala Cuarta de 29 de abril de 1998 (expediente de prueba, folios 164175). 44 14

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