6
se le había requerido. A la fecha de esta sentencia el Estado no había presentado el
expediente tramitado por el delito de terrorismo contra los señores Durand Ugarte y
Ugarte Rivera ni la documentación relativa al recurso de hábeas corpus interpuesto a
favor de éstos en febrero de 1986.
25.
El 7 de abril de 1999 la Corte solicitó al Secretario General de la OEA
información referente a la notificación por parte del Perú sobre el estado de
emergencia o suspensión de garantías decretado entre el 1 de junio de 1986 y el 20
de julio de 1987. El 19 de mayo de 1999 el Director del Departamento de Derecho
Internacional de la Secretaría General de la OEA, señor Jean-Michel Arrighi, informó
que no se había recibido notificación alguna al respecto.
26.
El 28 de mayo de 1999 la Corte dictó sentencia de excepciones preliminares.
27.
El 10 de junio de 1999 la Secretaría solicitó a la Comisión la lista definitiva de
testigos y peritos que debían ser convocados a la audiencia pública. El 29 de junio
de 1999 la Comisión informó que comparecerían a dicha audiencia la señora Virginia
Ugarte Rivera y la perito Robin Kirk. El 15 de septiembre de 1999 la Comisión
informó que la perito antes mencionada no comparecería “por razones fuera de su
control”.
28.
El 25 de junio de 1999 la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente,
solicitó al Estado información sobre el fundamento de hecho y de derecho de la
“Resolución de NO HABER MÉRITO PARA JUICIO ORAL” indicada en los oficios No.
544.98.INPE-CR-1 de 18 de septiembre de 1998 y No. 635.98.INPE-CR-P de 21 de
octubre de 1998, y reiteró la solicitud de envío del expediente relacionado con el
proceso seguido contra los inculpados por el delito de terrorismo.
29.
Mediante Resolución del Presidente de 4 de agosto de 1999 se convocó a la
Comisión Interamericana y al Estado a una audiencia pública que se celebraría en la
sede de la Corte el 20 de septiembre siguiente, con el propósito de recibir la
declaración de la testigo ofrecida por la Comisión y se comunicó a las partes que
podrían presentar sus alegatos finales verbales sobre el fondo del caso,
inmediatamente después de recibida dicha prueba.
30.
El 20 de septiembre de 1999 la Corte recibió en audiencia pública la
declaración de la testigo propuesta por la Comisión Interamericana.
Comparecieron ante la Corte:
por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:
Domingo E. Acevedo, delegado;
Viviana Krsticevic, asistente;
María Claudia Pulido, asistente; y
Carmen Herrera, asistente.
Como testigo propuesta por la Comisión Interamericana:
Virginia Ugarte Rivera.