47.
Ahora bien, más allá del aumento numérico de homicidios de mujeres, en el Caso Veliz
Franco y otros se presentó al Tribunal información distinta en cuanto a la proporción de
homicidios de mujeres en comparación con la de hombres, y sobre el crecimiento de esa
proporción. Por una parte, se ha informado que entre 2001 y 2006 cerca de un 10% de
homicidios fueron cometidos contra mujeres. Esta proporción es similar si se consideran los
períodos entre 1986 y 2008, o entre 2002 y 2012. Superó el 10% al menos entre 2003 y 2004,
años en que habría sido mayor al 11% y el 12%, respectivamente. Por otra parte, también hay
información en el sentido de que entre 1995 y 2004 el aumento de la tasa de crecimiento de
homicidios de mujeres fue casi el doble que el aumento de la de hombres, y que en ese último
año “la cantidad de muertes violentas de mujeres se había incrementado en 20[%] más que la
de hombres” 31.
48.
Además, en este caso, la prueba es consistente en cuanto al agravamiento del grado de
violencia contra las mujeres y el ensañamiento ejercidos contra los cuerpos de muchas de las
víctimas. Se desprende asimismo que los homicidios de mujeres en Guatemala ocurren en un
entorno de diversas formas de violencia contra aquellas, tales como violencia intrafamiliar y
doméstica, rapto y violación, acoso, explotación y otras formas de violencia sexual 32.
49.
Por otra parte, en la mencionada Sentencia del Caso Veliz Franco y otros, este Tribunal
consideró que para diciembre de 2001, así como en los años siguientes, el Estado presentaba un
alto índice de impunidad general, es decir, relativo a diversos tipos de delitos y víctimas. En este
31
Cfr. Caso Veliz Franco y otros Vs. Guatemala, supra, párr. 77.
En el Caso Veliz Franco y otros la Corte indicó que se ha aducido como característica de muchos de los casos de
mujeres que han sido víctima de homicidio, la “brutalidad de la violencia ejercida”, la presencia de “signos de violencia
sexual” en los cadáveres, o “la mutilación de los mismos”. Cfr. Caso Veliz Franco y otros Vs. Guatemala, supra, párr. 78.
Citando, Amnistía Internacional, “Guatemala. Ni protección ni justicia: Homicidios de mujeres en Guatemala”, junio de
2005, pág. 8; Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Philip Alston.
Misión a Guatemala, UN Doc. A/HRC/4/20/Add.2, 19 de febrero de 2007, párrs. 22 y 26, y Procuraduría de los Derechos
Humanos de Guatemala, “Compendio ‘muertes violentas de mujeres’ 2003 a 2005”, pág. 22. La perita Paloma Soria
Montañez explicó que en el “contexto de justificación y normalización de la violencia, observamos como en Guatemala
las cifras de violencia doméstica, violencia sexual y de muertes violentas de mujeres son muy elevadas. En relación con
estas últimas, los crímenes son cometidos cada vez más con extrema violencia y generalmente están acompañados de
otro tipo de lesiones que evidencian la misoginia con la que son ejecutados: violencia sexual, mutilaciones,
desmembraciones, decapitaciones y lesiones”. La perita observó que en la actualidad existe en Guatemala una situación
de violencia estructural contra la mujer. Cfr. Peritaje rendido por Paloma Soria Montañez ante fedatario público
(affidávit) el 16 de abril de 2015 (expediente de prueba, folios 6764 y 6765). La perita Karen Musalo señaló que “[l]os
femicidios en Guatemala en 2005 ocurrían dentro del contexto de muchas otras formas de violencia que ocurrían a un
nivel escandaloso; las matanzas no representan incidentes aislados, sino que reflejaban el mayor contexto de violencia
omnipresente contra las mujeres. La violencia se extendía por todos los sectores de la sociedad e incluían violencia
doméstica y otras formas de violencia dentro de la familia, violencia sexual, incesto, trata de blancas para explotación
sexual y acoso sexual. Aunque no hay estadísticas oficiales, las pocas que existen demuestran una alta incidencia de
violencia en el hogar, en la comunidad y en el público en general”. Cfr. Peritaje rendido por Karen Musalo ante fedatario
público (affidávit) el 13 de abril de 2015 (expediente de prueba, folio 6655). En el año 2006 el Comité contra la Tortura
expresó su preocupación por “el aumento del número de casos de asesinatos brutales de mujeres, a menudo
acompañados de violencias sexuales, mutilaciones y torturas”. Cfr. Naciones Unidas, Comité contra la Tortura, Examen
de los informes presentados por los Estados partes en virtud de artículo 19 de la Convención, CAT/C/GTM/CO/4, 25 de
julio
de
2006,
párr.
16.
Disponible
en:
http://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2fPPRiCAqhKb7yhsiqfk8caYZRrn8MoNjn4orEofX
OsyvEx134NAHycDMofLi1Dvk6Ui6%2fGavPZFUsxiNrLqSjNF8OTMvVwLD%2faqRf%2fAyiAO1pdwTkCyDJdU9Gm. En el año
2004 la Relatora Especial sobre los Derechos de la Mujer de la Comisión Interamericana recibió informes consistentes
sobre asesinatos “ejemplificadores”, en los cuales los abusos reflejados en la condición del cuerpo de la víctima y el
lugar en los que fueron dejados los cadáveres, persiguen el objetivo de enviar un mensaje de terror e intimidación.
Informó que “recibió también información y testimonios sobre otras formas de violencia que afectan a la mujer, tales
como violencia intrafamiliar y doméstica, violación sexual, acoso sexual y rapto, entre otras”. Cfr. CIDH, Comunicado de
Prensa,
N
20/04,
18
de
septiembre
de
2004,
párrs.
7
y
10.
Disponible
en
http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2004/20.04.htm. Ver también, CIDH, Comunicado de Prensa, N 20/04,
18 de septiembre de 2004, párr. 10. Disponible en http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2004/20.04.htm, y
Naciones Unidas, Consejo Económico y Social, “Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus
causas y consecuencias”, Misión a Guatemala, E/CN.4/2005/72/Add.3, 10 de febrero de 2005, párrs. 33 y 34. Disponible
en: http://www.ohchr.org.gt/cd_instrumentos/documentos/Vimu.pdf
32
18