sus programas, como el Plan Nacional para la Prevención y Erradicación de Violencia Intrafamiliar [sic] y contra las Mujeres (PLANOVI 2004-2014)” 197.
c) En mayo de 2006, el Comité de la Convención para la Eliminación de la Discriminación
contra la Mujer (CEDAW) señaló respecto de Guatemala que, “[s]i bien toma nota de las
medidas adoptadas por el Estado parte en apoyo de los mecanismos nacionales para el
adelanto de la mujer, […] expresa su preocupación por el hecho de que esos mecanismos
no cuenten con suficientes recursos humanos y financieros para desempeñar su mandato
[…]. También le preocupa la limitada capacidad de la Secretaría Presidencial para realizar
una coordinación y una cooperación eficaces con las ramas legislativa y judicial”. El Comité
instó al Estado a que prestara atención prioritaria a la adopción de un enfoque amplio e
integrado para hacer frente a la violencia contra la mujer y la niña, y a que aprobara las
reformas pendientes del Código Penal para tipificar como delito la violencia intrafamiliar y
asignara los recursos necesarios para la aplicación del PLANOVI 2004-2014 198.
d) En septiembre de 2004, la Relatora Especial sobre los Derechos de la Mujer de la Comisión
Interamericana observó que el Estado había obtenido ciertos avances institucionales para
enfrentar la epidemia de violencia contra la mujer, no obstante, destacó que “estas
instituciones tienen escasos recursos presupuestales para llevar adelante su misión y que
no existe la necesaria coordinación interinstitucional” 199.
e) En junio de 2005, la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala señaló que los
esfuerzos gubernamentales frente a la violencia contra las mujeres realizados hasta ese
entonces “llega[ba]n a niveles como la creación de instancias de atención, la aprobación de
leyes específicas y la elaboración de propuestas. Sin embargo, las pocas acciones directas
que se han tomado resultan insuficientes para combatir este fenómeno. Por otra parte se
trata de medidas aisladas que no se encuentran enmarcadas en una política específica y,
por lo tanto, resulta difícil evaluarl[a]s en cuanto a sus resultados” 200.
f)
En junio de 2005, en su informe “Ni protección ni justicia: Homicidios de mujeres en
Guatemala”, Amnistía Internacional “reconoc[ió] que autoridades guatemaltecas han
tomado algunas medidas positivas para prevenir la violencia contra las mujeres […]. Sin
embargo, [señaló que] estas medidas a menudo no se han aplicado, vigilado o revisado de
manera efectiva, por lo que raras veces han servido para impedir que las mujeres sufran
violencia” 201.
119. Por otra parte, en un informe pericial presentado a esta Corte, la experta Karen Musalo
señaló que, si bien el gobierno guatemalteco lanzó algunas iniciativas para enfrentar la
violencia contra las mujeres entre los años 2000 y 2005, estas se vieron limitadas en gran
parte “debido a la falta de fondos asignados para cumplir sus objetivos” y “la falta de
voluntad política” 202.
197
Cfr. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de
los derechos humanos en Guatemala, E/CN.4/2006/10/Add.1, 1 de febrero de 2006, párr. 22. Disponible en:
http://www.ohchr.org.gt/documentos/informes/InformeAnual2005(esp).pdf
198
Cfr. Informe del Comité de la CEDAW, 35º período de sesiones, 2006 (expediente de prueba, folio 1413).
199
Cfr. Comunicado de Prensa 20/04, “La Relatora Especial de la CIDH evalúa la vigencia del derecho de la mujer
guatemalteca a vivir libre de la violencia y discriminación”, 18 de septiembre de 2004, párr. 13. Disponible en:
http://www.cidh.oas.org/Comunicados/Spanish/2004/20.04.htm
200
Cfr. Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala, Compendio “Muertes Violentas de Mujeres, 2003 a
2005”, pág. 93. Disponible en: http://www.acnur.org/t3/uploads/media/COI_1343.pdf?view=1
201
Cfr. Amnistía Internacional, “Ni protección ni justicia: Homicidios de mujeres en Guatemala”, junio de 2005
(expediente de prueba, folio 1365).
202
“Aunque el gobierno guatemalteco lanzó algunas iniciativas para tratar la violencia contra las mujeres entre
2000 y 2005 -incluyendo la Secretaria Presidencial para las Mujeres (SEPREM) y el Cuerpo de Coordinación Nacional
para la Prevención, el Castigo y la Erradicación de la Violencia Domestica (CONAPREVI)- cada una de estas iniciativas
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