-4POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 63.2 y 68 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos y 27, 31.2 y 69 del Reglamento del Tribunal,
RESUELVE:
1. Requerir al Estado del Perú que, para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las
víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal
Constitucional del Perú de disponer la libertad de Alberto Fujimori Fujimori, hasta tanto este
Tribunal internacional pueda decidir sobre la solicitud de medidas provisionales en el 147
Período Ordinario de Sesiones.
2. Convocar a los representantes de las víctimas, el Estado del Perú y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública sobre la solicitud de medidas
provisionales efectuada por los representantes, a celebrarse de manera virtual el 1 de abril
de 2022 de las 13:00 a las 14:30 horas, horario de Costa Rica, durante el 147 Período
Ordinario de Sesiones de esta Corte.
3. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a los
representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.