3 * * * 7. Que en su escrito de 14 de septiembre de 2009, los representantes manifestaron que mediante diversas comunicaciones remitidas al Ministerio Público, a la Defensoría del Pueblo, al Presidente de la República y al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, solicitaron el cumplimiento de la sentencia del caso en el marco del vigésimo aniversario de los sucesos del Caracazo, y que hasta la fecha ninguna de estas comunicaciones ha tenido respuesta. Asimismo, indicaron que el Estado, a través de la Fiscalía General, está desarrollando una serie de diligencias vinculadas con el punto resolutivo 2 de la Sentencia. En relación con lo anterior, la Fiscal General de Venezuela emitió declaraciones el 2 de septiembre de 2009, las cuales ratificó mediante una nota de prensa del Ministerio Público del 10 de septiembre de 2009, en la que además se agrega que “el lunes 21 de septiembre se iniciará en el Cementerio General del Sur, parroquia Santa Rosalía del Municipio Bolivariano Libertador, el proceso de exhumación de las víctimas de los sucesos del 27 y 28 de febrero y primeros días de marzo de 1989, que pasaron a la historia con el nombre de “El Caracazo””. Al respecto, los representantes se refirieron a dichas declaraciones y manifestaron su preocupación, inter alia, respecto de los siguientes puntos, que alegaron contravienen la Sentencia referida: a) el Ministerio Público se propone realizar las exhumaciones en el sector la Peste del Cementerio General del Sur, lo cual pareciera que desconoce que los restos de las personas enterradas en las fosas comunes de la Peste ya fueron exhumados, y que, tal como lo ordenó la Corte, queda el deber para el Estado de identificar a las víctimas para que los restos sean entregados a sus familiares; b) el Ministerio Público ha convocado a que actúe al mismo equipo forense, que participó en la identificación y esclarecimiento de los hechos, pese a que en esta etapa su participación, según alegaron, fue inadecuada. Los representantes señalaron que dicho equipo estará integrado, entre otros, por el Director del Comando General del Ejército y el Comandante General del Core 5 de la Guardia Nacional. Además, consideraron que el mencionado equipo forense no es independiente al conflicto, por lo que dicho mecanismo no es idóneo para la realización de la etapa del proceso correspondiente. Consecuentemente, sugieren que las labores de identificación sea realizada por expertos foráneos como es el Equipo de Antropología Forense de Argentina. Agregaron que en la referida nota de prensa de 10 de septiembre de 2009 se agregó que se rechazó la solicitud de los representantes de nombrar expertos internacionales para la labor de identificación de las víctimas. c) el Ministerio Público propone que las autoridades militares presten seguridad y resguarden el área en el que se encuentran los restos de las víctimas, así como la ubicación de los mismos en el Fuerte Tiuna, en donde se practicarán las experticias forenses. Según los representantes dicho Fuerte es la sede del Ministerio de Defensa y de todos los componentes de la Fuerza Armada Nacional y de la jurisdicción militar en Caracas. Dado lo anterior, los representantes señalaron la falta de la idoneidad de este proceso, ya que se dejaría el resguardo del lugar en manos de las fuerzas militares que estuvieron implicadas en las muertes en los sucesos del Caracazo y esto conllevaría a una falta de independencia en el resguardo de la evidencia disponible en el caso, además de afectar a los familiares

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