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e)
se le impuso una multa al Kaibil Santos López Alonso al registrar a
Ramiro Osorio Cristales, “por no haberse inscrito e[l] nacimiento dentro del
término de la ley”191, y
f)
Ramiro Osorio Cristales vivió con la familia del Kaibil Santos López
Alonso, bajo el nombre de Ramiro Fernando López García, desde el año
1983192.
C)
Hechos posteriores al 9 de marzo de 1987
180. Adicionalmente, y efectuado el examen de las declaraciones de la presunta
víctima, de los testigos, de los dictámenes de los peritos y de las manifestaciones de
la Comisión, de los representantes y del Estado en el curso del presente proceso, la
Corte considera establecidos los siguientes hechos:
a)
Ramiro Osorio Cristales permaneció en la situación descrita (supra
párrs. 180.d y 180.f) hasta el año 1999193;
b)
en el año 1999 fue contactado por FAMDEGUA y el Ministerio Público,
en el marco de la investigación de la masacre194;
c)
en febrero de 1999 rindió su declaración de lo ocurrido en el marco de
la investigación de la masacre y se vio forzado a salir de Guatemala porque
su vida corría riesgo195;
d)
fue recién en ese momento -1999- que tuvo conocimiento de que
tenía familia biológica que no había muerto en la masacre y a la cual
reencontró después de 18 años196;
e)
una prueba de ADN comprobó en el año 1999 su parentesco con su
familia biológica197, y
aprehensión en contra del señor Santos López Alonso de 20 de septiembre de 1999 (Anexos a la demanda,
expediente judicial, piezas VI a XIII, anexo 29, fs. 3833 a 3835).
191
Certificado de nacimiento de Ramiro López García de 15 agosto de 1983, supra nota 190, f. 3846.
192
En este sentido, la señora Lidia García Pérez, esposa del Kaibil Santos López Alonso, manifestó
que Ramiro Osorio Cristales no era su hijo de sangre “porque mi esposo lo trajo cuando estaba chiquito
[…] Cuando lo trajo me dijo que se lo habían regalado a él en la escuela de Kaibiles […] en el mes de mayo
de 1983.” Señaló además que recién cuando Ramiro Osorio Cristales cumplió la mayoría de edad se enteró
de su verdadero origen cuando su esposo le dijo que le “había sido sacado de las Dos Erres.” Acta de
declaración testimonial de Lidia García Pérez, supra nota 66, f. 3870. Cfr. declaración de Ramiro Osorio
Cristales, supra nota 182.
193
Declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota 182.
194
Declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota 182.
195
Declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota 182, y solicitud del Ministerio Público al
Juzgado de Primera Instancia Penal de Petén para que se reciba la declaración testimonial en calidad de
anticipo de prueba al señor “Ramiro Fernando López García” (Anexos a la demanda, expediente judicial,
pieza VI a XIII, anexos 22 a 29, f. 3816).
196
En este sentido, Ramiro Osorio Cristales declaró en la audiencia pública lo siguiente: “fue ahí
como yo supe que tenía familia, […] tengo abuelos, hermano, tíos, tías. Eso fue el veinte […] no estoy
bien si el 21 o 22 de febrero [de 1999], porque yo salí de Guatemala el 23 de febrero para Canadá. Y el
conocer a mi familia fue algo muy bonito, a saber que no estaba solo. Porque yo pensaba que había
quedado solo en este mundo. Habían matado a mis padres, a mis hermanos y destruir a todo. Pensé que
no había más familia, pero no gracias a Dios tengo familia, y fue muy bonito y triste a la vez porque los
tuve que dejar”. Declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota 182. Cfr. Declaración de Miguel Ángel
Cristales, abuelo materno y de Reina Montepeque, abuela materna de Ramiro Osorio Cristales rendidas el
23 febrero de 1999 ante Ministerio Público, supra nota 67, fs. 3862 a 3866).
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