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a)
en el momento de la masacre del Parcelamiento de Las Dos Erres
Ramiro Osorio Cristales tenía seis años de edad y vivía con su familia en ese
lugar182;
b)
durante la masacre Ramiro Osorio Cristales presenció la ejecución de
su madre y su hermana y escuchó los gritos del resto de los miembros de la
comunidad al momento de ser ejecutados183;
c)
Ramiro Osorio Cristales fue llevado del Parcelamiento de Las Dos
Erres por el Kaibil Santos López Alonso184, junto al grupo de Kaibiles que
perpetró la masacre. Estuvo con ellos durante varios días en su marcha por
el bosque185, fue recogido junto al grupo de Kaibiles por un helicóptero del
ejército186 y permaneció luego durante aproximadamente dos meses en la
escuela de Kaibiles187. Durante este tiempo su presencia era del conocimiento
de otros Kaibiles. En ese mismo momento el señor Santos López Alonso se
encontraba en esta escuela de Kaibiles, donde se desempeñaba como subinstructor188;
d)
el Kaibil Santos López Alonso se llevó a Ramiro Osorio Cristales a su
casa189 y lo registró bajo los apellidos de él y su esposa con el nombre
Ramiro Fernando López García190;
182
Declaración de Ramiro Osorio Cristales rendida el 14 de julio de 2009 en la audiencia pública
celebrada ante la Corte en La Paz, Bolivia, y declaración de “Ramiro Fernando López García” como prueba
anticipada, supra nota 169.
183
Declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota 182, y Declaración de “Ramiro Fernando López
García” como prueba anticipada, supra nota 169.
184
Declaración testimonial de Flavio Pinzón Jerez de 17 de marzo de 2000 ante el Juzgado de
Primera Instancia de Petén (Anexos a la demanda, expediente judicial, pieza VI a XIII, anexos 22 a 29, f.
3906).
185
Dos Kaibiles que participaron en la masacre declararon que dos niños sobrevivientes estuvieron
con la patrulla durante 8 días. Según Flavio Pinzón Jerez “los dos niños que quedaron uno lo había
agarrado el Teniente Ramírez Ramos y el otro lo agarró el Especialista Santos López Alonzo [luego] llegó el
helicóptero [y] al mismo tiempo ahí metieron a los niños al helicóptero”. Cfr. Declaración testimonial de
Flavio Pinzón Jerez, supra nota 184, fs. 3906 y 3907, y declaración testimonial de César Franco Ibáñez
rendida el 17 de marzo de 2000 ante Juzgado de Primera Instancia de Petén (Anexos a la demanda,
expediente judicial, pieza VI a XIII, anexos 22 a 29, f. 3903), y declaración de Ramiro Osorio Cristales,
supra nota 182.
186
Declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota 182.
187
Declaración de “Ramiro Fernando López García” como prueba anticipada, supra nota 169, fs.
3827 a 3831, y declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota 182.
188
Ramiro Osorio Cristales manifestó que “[después de la masacre] nos llevaron entre las montañas
y un helicóptero de la fuerza elite, nos fue a traer, recuerdo el color azul y blanco, nos llevó a la escuela de
Kalure, supuestamente para sacar información si la aldea tenía vínculos con la guerrilla. Estuvimos en la
escuela de Kalure mes y medio a dos meses. Yo era el último niño que ya quedaba, porque todos los
oficiales se habían llevado a un niño, había un oficial Teniente Rivera, y me acuerdo del apellido, el me dijo
que me iba a llevar para su casa. Entonces este señor Santos López Alonso, era sub-instructor de Kaibiles
y planificador de la escuela de Kaibiles, él me llegó a ganar con, dándome pan y me dijo que si yo me iba
con este teniente me iban a matar. Entonces yo el día que a este teniente le tocaba salir de vacaciones o
de licencia me fui a esconder, me fui a subir a un árbol de naranja y esperé hasta que él se fuera. El fin
de semana que venía este señor que iba a salir de licencia también. Entonces me llevó para su casa y fue
como él me adoptó como su hijo. Pero realmente no fue así. […] viví con él diecinueve años […]. Pensé en
huir pero realmente no tenía a dónde” y que “[d]espués que este señor [lo] llevó a su casa, [lo] registró
como su hijo Ramiro Fernández López García”. Declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota 182.
189
190
Cfr. Declaración testimonial de Flavio Pinzón Jerez, supra nota 184, f. 3906.
Certificado de nacimiento de Ramiro López García de 15 agosto de 1983 (Anexos a la demanda,
expediente judicial, pieza VI a XIII, anexo 29, f. 3846); declaración de Ramiro Osorio Cristales, supra nota
182; acta de declaración testimonial de Lidia García Pérez, supra nota 67, y memorial para la orden de
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