23 condición de “reo ausente” y no se había establecido fecha para el inicio del juicio oral dado que el 119 acusado no se había puesto a disposición de la Sala Penal Nacional . 113. Posteriormente, entre los años 2007 y 2008, los peticionarios solicitaron al Presidente de la Sala Penal Nacional en 3 oportunidades que se actualizara la orden de captura contra el procesado Antonio Mauricio Evangelista Pinedo y adicionalmente se oficiara: 1) a la Oficina de Requisitorias de la Policía Nacional para su inmediata ubicación, captura y puesta a disposición de la autoridad judicial; 2) a la Dirección de Migraciones del Ministerio del Interior y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a fin de que informaran si el procesado presentaba movimiento migratorio reciente, así como si había sufragado en las últimas elecciones respectivamente; y 3) a la Policía Judicial a fin de que presentara un informe sobre las acciones realizadas para capturar al procesado Antonio Mauricio Evangelista 120 Pinedo . 114. El 12 de julio de 2007, la División de Migraciones del Ministerio del Interior informó a la 121 Sala Penal Nacional que el procesado no registraba movimiento migratorio . Asimismo, el 16 de julio de 2007, la Oficina Nacional de Procesos Electorales informó a la Sala Penal Nacional que Antonio Evangelista Pinedo sufragó en primera vuelta de las elecciones generales de 2006, así como en las 122 elecciones regionales y municipales del mismo año . 115. El 27 de junio de 2008, la Sala Penal Nacional fijó el 21 de julio de 2008, como fecha para el inicio de juicio oral, ya que la Secretaría de Mesa de Partes le había informado que el imputado 123 se encontraba recluido en el Establecimiento Penal de Lurigancho . Condena del Sgto. 2º Evangelista Pinedo 116. Dado que el imputado admitió los hechos contenidos en la acusación fiscal de 14 de julio de 2006, declarándose responsable del delito que se le imputaba y responsable de la reparación civil para obtener la atenuación punitiva, el 23 de julio de 2008, la Sala Penal Nacional emitió sentencia condenando a Antonio Mauricio Evangelista Pinedo como autor de los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud – homicidio simple- en agravio de Zulema Tarazona Arrieta y Norma Teresa Pérez Chávez, y del delito de lesiones graves en agravio de Luis Alberto Bejarano Laura, a 6 años de pena privativa de libertad, con descuento de la privación de libertad que sufrió del 13 de septiembre de 1994 hasta el 29 de 124 agosto de 1995, por mandato del Tercer Juzgado Militar Permanente, y desde el 19 de junio de 2008 . 117. El Tribunal consideró que el comportamiento del acusado “se trató más bien de un uso desproporcionado de la fuerza por parte de un efectivo del Ejército, sobre el cual su institución no realizó un control efectivo, tal como lo reconoce el propio Jefe de la Patrulla, que si bien configura los tipos 119 Anexo 75. Sala Penal Nacional, Resolución Nº 483, Exp. Nº 13-06, firmado por July Camargo Mondragón, Secretaria de Mesa de Partes. Anexo al escrito de los peticionarios de fecha 27 de julio de 2011. 120 Ver Anexo 76. Escrito sin fecha de la Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal Nacional en el Exp. 13-2006. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011; Anexo 77. Escrito de la Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal Nacional en el Exp. 13-2006, recibida el 19 de noviembre de 2007. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011; Anexo 78. Escrito de la Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal Nacional en el Exp. 13-2006, recibida el 3 de marzo de de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011. 121 Anexo 78. Escrito de la Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal Nacional en el Exp. 13-2006, recibida el 3 de marzo de de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011. 122 Anexo 78. Escrito de la Federación Internacional de Derechos Humanos dirigido al Señor Presidente de la Sala Penal Nacional en el Exp. 13-2006, recibida el 3 de marzo de de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011. 123 Anexo 79. Sala Penal Nacional, Exp. Nº 13-06, Escrito de 27 de junio de 2008. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011. 124 Anexo 1. Sentencia de 23 de julio de 2008, Sala Penal Nacional, Expe. Nº 13-06, Caso: Antonio Evangelista Pinedo. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011.

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