- 11 comprobantes que acrediten debidamente todos los gastos efectuados, en los términos del Considerando 30 de esta resolución. El reintegro de los gastos se efectuará luego de la recepción de los comprobantes correspondientes. 11. Informar al Estado y a la Comisión que deben cubrir los gastos que ocasione la aportación de la prueba que propusieron, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento. 12. Disponer que la Secretaría de la Corte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55.3 del Reglamento, remita a la Comisión Interamericana, a las representantes y al Estado una copia de la grabación de la diligencia en la que se reciba la declaración señalada en el punto resolutivo 1. 13. Informar a las representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que, en los términos del artículo 56 del Reglamento, cuentan con un plazo de un mes, contado a partir del día en que, de conformidad con lo establecido en el punto resolutivo 7, reciban las declaraciones señaladas en el punto resolutivo 2, para presentar sus alegatos finales escritos y observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con la excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso. Este plazo es improrrogable e independiente de la puesta a disposición de las partes de la grabación de la diligencia a la que hace referencia el punto resolutivo 12. 14. Disponer, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de la Corte sobre el Funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, que la Secretaría del Tribunal abra un expediente de gastos, en el que se documentará cada una de las erogaciones que se realicen con el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. 15. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana notifique la presente Resolución a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a las representantes de la presunta víctima y al Estado peruano. Corte IDH. Caso Cordero Bernal Vs. Perú. Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 15 de septiembre de 2020. Elizabeth Odio Benito Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Elizabeth Odio Benito Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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