3 de conformidad con los artículos 67 y 68 de la Convención Americana, 25.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte, 69 del Reglamento del Tribunal, así como con los artículos 1, 4 y 5 del Reglamento del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, RESUELVE: 1. Declarar que la República de Guatemala ha dado cumplimiento al punto dispositivo décimo cuarto de la Sentencia de fondo, reparaciones y costas emitida el 19 de mayo de 2014, en lo relativo a reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos la cantidad erogada durante la tramitación del presente caso. 2. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos notifique la presente Resolución a la República de Guatemala, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Véliz Franco y otros Vs. Guatemala. Reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas.

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