representa la acumulación de 15 nuevas peticiones más las tres que ya se encontraban en trámite a esa
fecha (Oscar Raúl Gorigoitia; Pablo Rafael Galván; y Carlos Roldán y Oscar Franco). La Comisión indicó al
Estado que la acumulación se llevaba a cabo con base en el artículo 29.1.d. de su Reglamento, puesto que
esas peticiones plantean cuestiones comunes relativas a la aplicación del artículo 8.2.h. de la Convención
Americana. La Comisión otorgó al Estado un plazo de dos meses para que presentara sus observaciones. Las
peticiones relativas al señor Marcelo Darío Posadas, Leandro Héctor Parpaglione, y Christian Walter
Mutuverria fueron acumuladas el 2 de abril de 2004.
11.
En nota del 15 de julio de 2005, el Estado manifestó a la Comisión su disposición de iniciar
un diálogo con los peticionarios tendiente a la búsqueda de una solución amistosa sobre la base de una
reforma normativa. En comunicación del día 19 del mismo mes, la Comisión trasladó la propuesta del
Estado a todos los peticionarios.
12.
Habiendo los peticionarios aceptado la propuesta del Estado de iniciar un proceso de
solución amistosa, la Comisión realizó una audiencia dentro del 128° periodo de sesiones, a la cual
acudieron tanto el Estado como varios peticionarios y/o sus representantes. En dicha audiencia,
realizada el 18 de julio de 2007, el Estado manifestó nuevamente su voluntad de iniciar un proceso de
solución amistosa, por lo que, en esa ocasión, se delinearon los puntos que conformarían un eventual
acuerdo de solución amistosa.
13.
Con posterioridad a dicha reunión, algunos peticionarios presentaron escritos
directamente al Estado, con copia a la Comisión, en los que presentaron sus pretensiones respecto de la
finalidad de la solución amistosa; especialmente las reparatorias.
14.
El 6 de septiembre de 2007, durante el 129° periodo -extraordinario- de sesiones,
celebrado en Asunción, Paraguay y el 11 de octubre de 2007, en el marco del 130° periodo de sesiones, se
realizaron reuniones de trabajo entre el Estado y algunos peticionarios tendientes a avanzar con miras a una
solución amistosa del asunto.
15.
La información adicional presentada por los peticionarios en julio, agosto, septiembre,
octubre y diciembre de 2007; así como enero de 2008, fue trasladada al Estado mediante comunicación
del 5 de febrero de 2008, en la que, la CIDH le solicitó información y, que de ser posible, enviara un
cronograma de trabajo para ese año.
16.
El 11 de marzo de 2008 se realizó otra reunión de trabajo entre las partes, en el marco del
131° periodo de sesiones.
17.
Los peticionarios presentaron información adicional los días 25 y 26 de marzo; 18 de
abril; 8, 13 y 27 de mayo; 12, 16,17 y 19 de junio; 14 de julio; y 21 y 27 de agosto de 2008, de la cual se
dio traslado al Estado mediante comunicación del 15 de septiembre de 2008.
18.
El 24 de octubre de 2008 se llevó a cabo otra reunión de trabajo, durante el 133°
periodo ordinario de sesiones de la Comisión en la que los peticionarios manifestaron su inconformidad
con la falta de acciones por parte del Estado para el avance del proceso de solución amistosa. Por su
parte, el Estado manifestó que ya se habría hecho el análisis del mérito jurídico de cada petición, lo cual
presentarían a la Comisión en el plazo de 30 días. El 5 de diciembre de 2008, la Comisión remitió una
nota al Estado solicitándole enviara, a la brevedad, la información comprometida.