que según consta en el anverso, el mismo se habría cobrado el 12 de noviembre de 1990, es decir fecha
posterior a su desaparición. Agregaron que obtuvieron como respuesta que los cheques cobrados por el
“sistema diferido” son sellados con fecha del día siguiente y, en este caso, el cheque fue cobrado el día viernes,
por lo que lleva la fecha del lunes 12 de noviembre de 1990.
103.
Se refiere que se concurrió a hospitales, clínicas, casas asistenciales, morgues, centros de
detención, entre otros, para obtener indicios sobre la desaparición de la presunta víctima; y que se realizaron
verificaciones a través de las dependencias de migración “ante la eventualidad de que el señor CÉSAR
GUSTAVO GARZON GUZMAN hubiera podido abandonar el país por alguna circunstancia, pero los resultados
de estas gestiones también han resultado negativas ya que no se registra movimiento alguno de dicha
persona” 78.
104.
En el parte policial se indica que se continuará “con las investigaciones correspondientes a
fin de lograr la localización del señor CÉSAR GUSTAVO GARZÓN GUZMÁN, que se encuentra desaparecido
desde las primeras horas de la madrugada del 10 de noviembre de 1990” 79.
2.
Investigación policial: segundo parte informativo
105.
El 30 de julio de 1991 el Subteniente de Policía dio a conocer en un nuevo parte informativo
que se concurrió al local “Son Candela”, a centros de salud, morgue, cárceles y a las oficinas de migración
tanto de Quito como de Guayaquil, con el fin de obtener nueva información, pero obtuvieron resultados
negativos. Indicó que se envió un telegrama a los Jefes de las diferentes dependencias de la Policía Nacional
de toda la República, en el mes de mayo del presente año, sin obtenerse respuesta positiva80. Concluyó que se
continuaría con las investigaciones correspondientes a fin de lograr la localización de la presunta víctima81.
3.
Investigación policial: tercer parte informativo
106.
El 22 de agosto de 1994 el Subteniente de Policía suscribió un nuevo parte informativo
dando a conocer el estado de las investigaciones realizadas en torno a la desaparición de la presunta víctima.
En dicho escrito el Subteniente de Policía se refirió a los hechos de la desaparición de la presunta víctima, en
los siguientes términos:
1. Que al realizar un análisis prolijo del contenido del Informe Nro. 4911-SICP, fechado
10 de agosto de 1989, encontramos que por intermedio de las versiones (sic) de CÉSAR
GARZON, habrían sido aprehendidos otros miembros activos del movimiento o
agrupación subversiva “Montoneras Patria Libre” y en vista que el ciudadano GARZON
GUZMAN tres meses después de haber obtenido su libertad, desaparece sin dejar rastro
alguno, se presume que sujetos inidentificados pertenecientes a la misma agrupación
subversiva tengan vinculación con la desaparición, sin que hasta el momento se haya
obtenido alguna información de su localización82.
78 Anexo 1. Parte informativo policial n° 051-SICP suscrito por los oficiales investigadores, dirigido al Jefe Provincial de
Investigación Criminal de Pichincha, el 8 de enero de 1991. Anexo 4 al escrito de observaciones de fondo del Estado del 2 de febrero de
2016.
79 Anexo 1. Parte informativo policial n° 051-SICP suscrito por los oficiales investigadores, dirigido al Jefe Provincial de
Investigación Criminal de Pichincha, el 8 de enero de 1991. Anexo 4 al escrito de observaciones de fondo del Estado del 2 de febrero de
2016.
80 Anexo 23. Parte informativo n° 1972-SICP suscrito por el Subte. de policía Fausto Olivo – SICP y enviado al Jefe Provincial de
Investigación Criminal de Pichincha el día 30 de julio de 1991. Anexo a comunicación enviada por el Embajador – Representante
Permanente de Ecuador el día 2 de julio de 1996.
81 Anexo 23. Parte informativo n° 1972-SICP suscrito por el Subte. de policía Fausto Olivo – SICP y enviado al Jefe Provincial de
Investigación Criminal de Pichincha el día 30 de julio de 1991. Anexo a comunicación enviada por el Embajador – Representante
Permanente de Ecuador el día 2 de julio de 1996.
82 Anexo 24. Parte informativo nro. 1526-OIDP de fecha 22 de agosto de 1994, suscrito por Sr. Sbte. de policía Diego Erazo G. y
enviado Sr. Jefe de la oficina de Investigación del delito de Pichincha. Anexo al escrito de observaciones del Estado del 29 de abril de
1996.
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