5 semanas, contado a partir de su recepción, y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presente sus observaciones a dichos informes del Estado, dentro del plazo de seis semanas, contados a partir de su recepción. 5. Solicitar a la Secretaría que notifique la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al beneficiario de estas medidas y a sus representantes.

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