despedidos. Si no fuera posible reponer en sus puestos o en otros similares a los
trabajadores, el Estado deberá proceder al pago de una indemnización por concepto
de terminación de las relaciones laborales por causa injustificada (punto resolutivo
sexto de la Sentencia);
c) pagar la cantidad fijada en la Sentencia por concepto de daño inmaterial a las víctimas
beneficiarias de sentencias de amparo que ordenan la restitución y que no fueron
cumplidas, o a sus derechohabientes (punto resolutivo décimo segundo de la
Sentencia), y
d) pagar la cantidad fijada en la Sentencia por concepto de costas y gastos, ya que pagó
a tres de los ocho grupos de representantes de las víctimas (punto resolutivo décimo
tercero de la Sentencia).
3.
Mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de las siguientes
medidas:
a) Garantizar a los lesionados el goce de sus derechos o libertades conculcados, a través
de la efectiva ejecución de las sentencias de amparo cuyo incumplimiento fuedeclarado
por el Tribunal (punto resolutivo quinto de la Sentencia);
b) reestablecer en sus puestos a las víctimas de las sentencias de amparo que ordenaron
su reposición y, si esto no fuera posible, brindarles alternativas de empleo que
respeten las condiciones, salarios y remuneraciones que tenían al momento de ser
despedidos. Si no fuera posible reponer en sus puestos o en otros similares a los
trabajadores, el Estado deberá proceder al pago de una indemnización por concepto
de terminación de las relaciones laborales por causa injustificada (punto resolutivo
sexto de la Sentencia);
c) pagar a los trabajadores cesados respecto de quienes no se han cumplido lassentencias
de amparo que ordenaron su reposición o a sus derechohabientes, una indemnización
por concepto de los ingresos dejados de percibir (punto resolutivo séptimo de la
Sentencia);
d) determinar, de acuerdo con el derecho interno y a través de los mecanismos
correspondientes, quiénes son las víctimas que tienen derecho a la jubilación, ya sea
por su edad o salud o por cualesquiera otras circunstancias prescritas en la ley interna.
En el caso de las víctimas fallecidas, las autoridades estatales competentes deberán
determinar, de acuerdo con el derecho interno y a través de los mecanismos
correspondientes, quiénes son los beneficiarios de la correspondiente pensión por
muerte (punto resolutivo octavo de la Sentencia);
e) pagar a los trabajadores cesados respecto de quienes no se han cumplido las
sentencias de amparo que ordenaron su reposición, las pensiones de jubilación que les
correspondan (punto resolutivo noveno de la Sentencia);
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