E. Otras medidas
247. Los representantes además solicitaron que la Corte ordene a Guatemala las
siguientes medidas de no repetición: a) adoptar medidas legislativas para asegurar el acceso
a un recurso de apelación adecuado; b) adoptar medidas para garantizar un control judicial
adecuado, que garantice el respeto de las garantías judiciales de las personas imputadas; c)
adoptar medidas para implementar la Instrucción General 13-2008 del Ministerio Público; d)
crear un sistema de control, el cual servirá de órganos externos de control policiaco para la
PNC; e) implementar un proceso de reestructuración y depuración de la PNC; f) llevar a cabo
procesos de formación y capacitación para regular el uso adecuado de la fuerza en los
encargados de la seguridad; g) instrumentar un proceso de reestructuración y depuración de
la PNC; h) efectuar procesos de formación y capacitación para regular el uso adecuado de la
fuerza en los encargados de la seguridad, e i) otorgar una beca de estudios a los tres hijos de
Tirso Román Valenzuela.
248. En cuanto a las referidas medidas de reparación solicitadas, la Corte considera que la
emisión de la presente Sentencia y las reparaciones ordenadas en este Capítulo resultan
suficientes y adecuadas para remediar las violaciones sufridas por la víctima y no estima
necesario ordenar medidas adicionales. Además, cabe señalar que algunas de las medidas
solicitadas no tienen un nexo causal con las violaciones declaradas en la presente sentencia,
por lo que no encuentra necesario ordenarlas y otras ya han sido ordenadas al Estado en otro
caso.
249. Por otro lado, los representantes en sus alegatos finales solicitaron por primera vez
otras medidas 197. La Corte considera que dichas solicitudes fueron presentadas
extemporáneamente, por lo que no se pronunciará al respecto.
F. Indemnización compensatoria
F.1. Daño Material
F.1.1. Daño Emergente
250. Los representantes señalaron que corresponde a los gastos que los familiares del
señor Valenzuela Ávila han tenido que realizar para trasladarse a visitarlo cuando estaba
detenido, y después de su muerte en la búsqueda de justicia. Debido al transcurso del tiempo.
Los familiares de la víctima no cuentan con los comprobantes de los gastos antes
mencionados. Por lo que solicitaron a la Corte que determine en equidad la cantidad
correspondiente al daño material que deberá ser entregada a los familiares. La Comisión
solicitó reparar integralmente tanto en el aspecto material como inmaterial a los familiares del
señor Valenzuela Ávila. El Estado alegó que no debe ser condenado a ningún tipo de
reparación.
F.1.2. Pérdidas de Ingresos
251. Los representantes solicitaron que por concepto de lucro cesante se fije un monto en
equidad, y se pueda reembolsar los salarios no devengados por la víctima desde el momento
de su detención hasta la fecha. Alegaron que el señor Valenzuela Ávila “era mecánico
197
Las medidas solicitadas fueron: a) medidas de rehabilitación; b) mejorar la formación de la capacitación en
la academia de la Policía Nacional Civil, y c) crear un órgano contralor para verificar que efectivamente los
capacitadores llenen requisitos de especialidad y experiencia.
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