21.
Al respecto, el Estado informó que la atención médica a pacientes afectados por
VIH se brinda mediante los siguientes dos sistemas. Por un lado, a través de las “19
Unidades de Atención Integral en el país” del Sistema Nacional de Salud, en el cual las
pruebas diagnósticas “se realizan a nivel nacional en las 29 áreas de salud, en los 3
niveles de atención”, con el apoyo que “organizaciones no gubernamentales brindan al
Programa Nacional de Prevención y Control de ITS, VIH y SIDA", y se provee “atención
psicológica”, “asesoramiento nutricional a pacientes con VIH” y los medicamentos “de
manera gratuita luego de las consultas”, siendo que “durante la crisis sanitaria por
COVID-19, [se] implementó el servicio de entrega domiciliar”. En diciembre de 2020 se
realizaría la entrega trimestral de medicamentos a dichas Unidades, por lo que, “estarán
abastecidos al igual que las bodegas del Programa, hasta el primer trimestre del 2021” 28.
22.
Por otro lado, mediante el programa “Atención Integral del Paciente VIH” del
“Instituto Guatemalteco de Seguridad Social”, se brinda a los derechohabientes o
asegurados el “tratamiento antirretroviral”, “interconsultas con otras especialidades para
la oportuna atención y manejo de otras enfermedades”, “citas con el equipo de psicología
y nutrición”, así como se ofrecen pruebas diagnósticas cuando el paciente lo “solicita”,
el médico lo “contemple” y se informa en “charlas” que pueden “acudir a las unidades
médicas y solicitar[la]”. Asimismo, “por medio del Convenio suscrito el 31 de julio de
2020 entre [dicho Instituto] y la OPS/OMS” (Organización Panamericana de la
Salud/Organización Mundial de la Salud), se programó “la adquisición de 07
medicamentos antirretrovirales” que se “estaría recibiendo a inicios del año 2021”. El
Estado indicó también que, durante el año 2019, el Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social “logró brindar paquete básico (condones y lubricantes) a 12,990
personas y practicó pruebas de VIH a 257,870 personas”; actualizó “la Guía de
Antirretrovirales en Personas con VIH y su aplicación profiláctica” con el fin de
“homologar los tratamientos antirretrovirales a nivel nacional”; y “logró la
descentralización del acceso a las pruebas de seguimiento CD4 y carga viral”29.
23.
La naturaleza de la garantía de no repetición aquí supervisada (supra
Considerando 16, inciso ii) y la difícil situación que enfrenta una parte de la población
que vive con el VIH en Guatemala (infra Considerandos 25 y 26), hace que la ejecución
de la medida tenga un alto nivel de complejidad. En este sentido, durante su supervisión
la Corte verificará que el mecanismo dispuesto en la Sentencia se formule de forma tal
que permita una mejora sustancial respecto de la situación constatada en la Sentencia.
Por tanto, evaluará, en el marco de sus facultades de supervisión de cumplimiento de
sentencia, que no equivalen a un pronunciamiento de fondo, si con el diseño del
mecanismo para garantizar la accesibilidad, disponibilidad y calidad de (i) las
prestaciones en salud para la población con el VIH, (ii) los antirretrovirales y demás
medicación indicada a toda persona afectada, y (iii) las pruebas diagnósticas para
detección del VIH a la población, Guatemala demuestra que las acciones adoptadas se
adecúan a lo ordenado en Sentencia, en tanto permitan una mejora sustancial en las
condiciones de tales tres aspectos de la referida garantía de no repetición.
24.
En esta línea, la Corte valora que el Estado presentara información sobre esta
medida que tiene un carácter estructural (supra Considerandos 21 y 22); sin embargo,
la información aportada no permite evaluar de forma concreta los avances que se
estarían llevando a cabo en el diseño del referido mecanismo, que cumpla con los
“objetivos mínimos” dispuestos en el párrafo 226 de la Sentencia (supra Considerando
20). Además, el Estado no presentó información sobre la convocatoria que debe realizar
para el “diseño e implementación de este mecanismo”, ni sobre “los indicadores” que
28
29
Cfr. Informe del Estado de 16 de octubre de 2020.
Supra nota 28.
-9-