beneficiarios, les brindó atención médica a cada uno de ellos, incluyendo un diagnóstico y tratamiento médico, detallando lo siguiente: a) Osmán Roberto Morote Barrionuevo: recibió “las atenciones médicas correspondientes de acuerdo a su estado de salud”, conforme los informes médicos adjuntos de los exámenes que le fueron practicados al propuesto beneficiario los días 28 de abril 17, 19 de mayo 18 y 3 de junio 19. De acuerdo a la información más reciente, el 2 de junio se le realizó la “prueba rápida” de COVID19, con resultado positivo, por lo que “se l[e] traslad[ó] a los ambientes de aislamiento”. Se lo clasificó como “paciente con COVID-19 leve”, se dejó constancia que “ref[ería] encontrarse bien, se enc[ontraba] lúcido [y] deambula[ba] sin dificultad” y se le indicó tratamiento 20. b) Margot Lourdes Liendo Gil: el servicio médico del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos le brindó un diagnóstico y tratamiento médico, y continúa “conoc[iendo] diariamente de su situación y […] haciendo seguimiento de su estado de salud”. El Estado adjuntó copia de los informes médicos que documentan los exámenes practicados a la señora Liendo Gil los días 28 de abril 21 y 26 de mayo de 2020 22. Refirió que no se le practicó la prueba de COVID-19 en tanto “no presenta sintomatología”; no obstante, precisó que “se encuentra en un ambiente con baño personal y recibe tratamiento para sus actuales patologías” 23 y que “se le proporciona atención permanente”. Finalmente, refirió que, según el informe médico más reciente, de 26 de mayo de 2020, “se encuentra hemodinámicamente estable”, añadiendo que “en caso [de que] la interna llegara a contraer la citada enfermedad, se cuenta con tratamiento y áreas de aislamiento”. c) Juan Alonso Aranda Company: recibió “atenciones en salud” y tras “present[ar] sintomatología”, el 2 de junio se l[e] practicó una prueba” de descarte de COVID19, la cual arrojó resultado “no reactivo” 24. Adjuntó copia del informe médico que documenta el examen médico practicado el 1 de junio 25, del cual surge que estaba “estable hemodinámicamente” y se le diagnosticó “asma bronquial, hipertensión arterial [y] esenmcial (sic)”. 17 Según dicho informe médico, al momento del examen, el señor Morote se encontraba “clínicamente estable”. Cfr. Informe médico No. 123 de 28 de abril de 2020, suscrito por el Jefe del Área de Salud del Establecimiento Penitenciario Ancón I (anexo al informe estatal de 22 de mayo de 2020). 18 Según dicho informe médico, al momento del examen, el señor Morote se encontraba “clínicamente estable”. Se le diagnosticó “D/C Alzaimer” y “desnutrición leve”, y se indicó que “[n]o se [había] realiz[ado] Prueba Rápida para COVID-19 hasta la fecha por falta de insumo”. Cfr. Informe médico No. 197 de 19 de mayo de 2020, suscrito por el Jefe del Área de Salud del Establecimiento Penitenciario Ancón I (anexo al informe estatal de 22 de mayo de 2020). 19 Cfr. Informe médico No. 284 de 3 de junio de 2020, suscrito por el Jefe del Área de Salud del Establecimiento Penitenciario Ancón I (anexo al informe estatal de 9 de junio de 2020). 20 A modo de tratamiento se le prescribió “Azitromicina 500mg/día” y “paracetamol 500mg/8hs”. Cfr. Informe médico No. 284 de 3 de junio de 2020, supra nota. 21 Según dicho informe médico, al momento del examen la señora Liendo Gil “fue diagnosticada con: (i) Hipertensión Arterial, e (ii) Hipotiroidismo, ambas patologías en tratamiento”. Cfr. Oficio No. 1732020-INPE/18-232-ASP-J de 28 de abril de 2020, emitido por la Directora del Establecimiento Penitenciario Anexo Mujeres Chorrillos mediante el cual trasladó el Informe médico No. 132-2020 de 28 de abril de 2020 (anexo al informe estatal de 22 de mayo de 2020). 22 Cfr. Informe médico No. 173-2020 de 26 de mayo de 2020 elaborado por el Servicio Médico del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos (anexo al informe estatal de 9 de junio de 2020). 23 Al respecto, precisó que “no está llevando dieta alimenticia porque viene controlando satisfactoriamente la patología hipertensiva con tratamiento antihipertensivo que se le viene proporcionando”, y que, en su última atención, el 25 de mayo de 2020, se le diagnosticó infección urinaria y reflujo gastroesofágico, por lo que se le proporcionó tratamiento. Además, señaló que “se le realizó la vacunación de Neumococo por ser población vulnerable y con comorbilidad”. 24 Cfr. Constancia médica de 2 de junio de 2020 elaborada por el Área de Salud del Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro (anexo al informe estatal de 9 de junio de 2020). 25 Cfr. Informe médico No. 453-2020-INPE/18-234-SALUD de 1 de junio de 2020, suscrito por el médico de turno del Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro (anexo al informe estatal de 9 de junio de 2020). -9-

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