52.
En el mismo sentido, se iniciaron acciones judiciales en contra de funcionarios
señalados como involucrados en la tala ilegal de alerce, entre ellos, el Director Ejecutivo de
la Corporación Nacional Forestal (en adelante “CONAF”) -órgano estatal encargado de las
políticas forestales42-, quien fue detenido por esta razón el 10 de mayo de 200443. Dicha
situación generó un ambiente público de especulaciones sobre el tráfico ilegal del alerce y la
posible existencia de presiones políticas44.
C. Sobre Carlos Baraona Bray
53.
El señor Carlos Baraona Bray es un abogado chileno. Hasta mediados del año 1998 fue
abogado regional de la CONAF en la Región de Los Lagos, Chile45. En el ejercicio de su cargo
conoció de casos relacionados con la explotación y la tala ilegal del alerce46. Después de
trabajar en la CONAF, fue el abogado de la organización “The Conservation Land Trust”, donde
estuvo a cargo de un proyecto de conservación ambiental vinculado a un filántropo
ambientalista. También trabajó de manera voluntaria en la realización de un informe para la
protección del alerce y participó en varios recursos judiciales en defensa del medio
ambiente47. Asimismo, el señor Baraona ha trabajado en diferentes momentos como abogado
de la Forestal Sarao S.A.48. Según el señor Baraona, en este contexto, su proyecto de vida
incluía participar activamente en la defensa de los derechos humanos y el medio ambiente
sano. Agregó que realizaba labores relacionadas a la protección de los bosques49. Actualmente
el señor Baraona vive en Puerto Varas, ciudad de la Región de Los Lagos, en la cual existe
una vasta presencia de alerces50.
D. Declaraciones
comunicación
de
Carlos
Baraona
Bray
ante
diversos
medios
de
54.
Desde diciembre de 2003, un abogado de la Forestal Sarao y el director de la Fundación
Terram habían acusado a la CONAF por actuar de forma negligente en el control de la tala
42
La Corporación Nacional Forestal es una entidad de derecho privado dependiente del Ministerio de
Agricultura, cuya principal tarea es administrar la política forestal de Chile y fomentar el desarrollo del sector.
https://www.conaf.cl/quienes-somos/
43
Cfr. Sentencia del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, de 22 de junio de 2004 (expediente de prueba, fs.
4 a 47); Nota periodística publicada en medio de comunicación El Mostrador, titulada “Detenido director nacional de
Conaf”, de 11 de mayo de 2004 (expediente de prueba, f. 64), y Nota periodística publicada en medio de
comunicación “Chiloenlínea”, titulada “Comisión Investigadora para Tala Ilegal del Alerce”, supra.
44
Cfr. Petición inicial de 4 de marzo de 2005 ante la Comisión Interamericana, “Denuncia contra el Estado de
Chile por violación de derechos a Carlos Baraona”, supra, y Escrito del Estado de 11 de junio de 2008 en el trámite
ante la Comisión Interamericana, supra.
45
Cfr. Declaración de Carlos Baraona Bray ante la Corte, supra, y Sentencia del Juzgado de Garantía de Puerto
Montt de 22 de junio de 2004, supra.
46
Cfr. Sentencia del Juzgado de Garantía de Puerto Montt de 22 de junio de 2004, supra, y Nota de prensa de
29 de enero de 2002 (expediente de prueba, fs. 51 a 54).
47
Cfr. Declaración de Carlos Baraona Bray ante la Corte, supra, y Sentencia del Juzgado de Garantía de Puerto
Montt de 22 de junio de 2004, supra. Los representantes indicaron que la participación del señor Baraona en dichos
recursos fue con la fundación Terram.
48
Según diversas declaraciones que constan en las sentencias de 22 de junio de 2004 y 4 de octubre de 2007,
en 2001 el abogado Carlos Baraona fue abogado de la Forestal Sarao S.A. y presentó querellas debido a diversos
conflictos que la empresa estaba enfrentando en relación con un predio de 50.000 hectáreas ubicado en la zona del
Sarao del que la empresa era propietaria. Entre los años 2002 y 2004, Carlos Baraona dejó de trabajar con la Forestal
Sarao (expediente de prueba, f. 024, 080, 108, 183-184). Además, en la audiencia pública manifestó que “en el
2000, 2001, 2002, 2003 mediados de 2004 no tuv[o] ninguna vinculación con [la Forestal Sarao]”. Cfr. Declaración
de Carlos Baraona Bray ante la Corte, supra; Sentencia del Juzgado de Garantía de Puerto Montt de 22 de junio de
2004, supra, y Sentencia del Juzgado de Garantía de Puerto Montt de 4 de octubre de 2007 (expediente de prueba,
fs. 153 a 201).
49
Cfr. Declaración de Carlos Baraona Bray ante la Corte, supra.
50
De conformidad con lo indicado por los representantes y el señor Baraona en audiencia pública. Cfr. Declaración
de Carlos Baraona Bray ante la Corte, supra.
17