10 realizado una reunión con los beneficiarios, en la que se acordó el traslado de los cronogramas de exhumaciones a la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos (en adelante “COPREDEH”) con el fin de coordinar la protección de los beneficiarios, pero que “no todas las veces se ha[bía] logrado una efectiva protección [de] éstos”, debido a la poca antelación con que les es enviado el cronograma de actividades por parte de la FAFG. El Estado manifestó en la referida audiencia pública que “estar[ía] en la disposición de coordinar [el] mecanismo” propuesto por los representantes para la seguridad durante las exhumaciones (infra Considerando 25) “para darle efectivo cumplimiento al apartado”. No obstante, en sus informes de 22 de septiembre y 9 de noviembre de 2010, el Estado insistió en que “e[ra] necesaria la colaboración de los beneficiarios [para] trasladar el cronograma acordado con la suficiente antelación, tomando un período mínimo de una semana previa al primer traslado”, con el fin de lograr un correcto funcionamiento del servicio de seguridad en estas diligencias. Finalmente, en su informe de 14 de enero de 2011 Guatemala informó que en noviembre de 2010 el Ministerio de Gobernación había informado “sobre las limitantes de proporcionar una auto patrulla fija” a los trabajadores de la FAFG para la realización de las exhumaciones, entre las cuales mencionó “la escasez de recursos como patrullas, ya éstas apoyan diariamente con recurso humano y logístico a diferentes instituciones”. Asimismo, indicó que “en tanto se gestionan mecanismos que puedan resultar más efectivos” se seguía prestando el servicio de “seguridad en cordillera”. 24. Los representantes señalaron que la “seguridad en cordillera” constituye un “obstáculo para el desarrollo del trabajo[,] ya que el mecanismo consiste en cambiar de unidad de seguridad (patrulla), según demarcación territorial y competencia de comisarías que tenga asignada cada unidad policial”, con el inconveniente de que no siempre habrá disponibilidad de parte de los agentes, ya que no están designados específicamente para brindar seguridad a la FAFG. Consideraron que “este mecanismo no es efectivo ya que no se cuenta con unidades de resguardo continuo que cubran todo el recorrido”. 25. En la audiencia pública y en sus posteriores observaciones, los representantes insistieron en que el sistema de seguridad en cordillera “no [era] funcional [en la medida en que] muchas veces se ponen [a] los equipos más en riesg[o,] t[eniendo] que esperar […] en la carretera, […] [con] evidencia de las exhumaciones”, donde termina la jurisdicción de una unidad de seguridad, mientras se espera por “los agentes [de la siguiente jurisdicción, quienes] no se encuentran en el sitio que corresponde”. Con respecto a la antelación con que informan al Estado de las exhumaciones, explicaron que a la FAFG le notifican de la fecha de las exhumaciones “hasta muy tarde, [y que] inmediatamente notifica[n] a COPREDEH”. Indicaron que, a raíz de la reunión de 5 de abril de 2010, la Fundación se comprometió a enviar una planeación bisemanal con un mínimo de dos días de anticipación, con la especificación del día de inicio de la actividad, el tipo de actividad, el lugar, la duración aproximada de la misma, y el número de personas de la Fundación presentes. Además, luego se agregó el nombre de la persona de contacto y su número de teléfono. Señalaron que posteriormente, en junio de 2010, se les solicitó enviar la planeación con cuatro días de anticipación, lo cual “resulta[ba] difícil, ya que la mayoría de las actividades no se confirman con tantos días de antelación”. En virtud de las dificultades relatadas, los representantes sugirieron que “el Estado de Guatemala asign[ara] 1 radio patrulla de la [Policía Nacional Civil] de manera permanente para estar acompañando a los equipos de la FAFG que se trasladan al interior a realizar diligencias de investigación como peritos del Ministerio Público[, a]sí como, que contin[uara] tratando de coordinar la seguridad de los equipos de la FAFG con las sub-estaciones en los municipios donde la FAFG se encuentre trabajando”. En sus observaciones de 25 de octubre y 13 de diciembre de 2010 los representantes insistieron en la imposibilidad de entregar un cronograma de las exhumaciones con una semana de antelación, debido a la cantidad de variables que hacen que “las exhumaciones no tengan certeza en cuanto a la temporalidad de su realización, [ya que] existen factores que obligan a [su] modificación e incluso suspensión”. Asimismo, indicaron que

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