43. Habiendo concluido las primeras dos fases del proceso de búsqueda, en 2016, atendiendo a una solicitud de los representantes y en coordinación con éstos, se iniciaron acciones para socializar con los familiares de las víctimas el desarrollo del plan de búsqueda de este caso. Para ello, la Fiscalía elaboró distintos documentos e informes 72 y, entre mayo y noviembre de 2017, realizó varias reuniones con los familiares de las víctimas en las seis ciudades en las que residen, tanto para presentarles los informes elaborados sobre el proceso penal, el proceso de búsqueda de los restos de los desaparecidos y el de memoria topográfica, como para responder a sus dudas 73. Posteriormente, el 27 de octubre de 2018, atendiendo una solicitud de los representantes, se realizó un “evento nacional” en la ciudad de Bucaramanga en el cual, entre otros, se hizo entrega a los familiares de las víctimas de los referidos documentos e informes 74. 44. Con base en esta información, en 2019, Colombia solicitó a la Corte que considerara la viabilidad de declarar cumplida esta reparación. Si bien efectuó tal solicitud, también presentó información sobre acciones de búsqueda que se realizaron con posterioridad “a que el […] proceso de búsqueda general [haya] concluido”. Los representantes se han referido a diligencias de búsqueda que fueron dispuestas por la Fiscalía en febrero de 2020 75, que se ordenó practicarlas dos años después, en marzo de 2022, sin que a la fecha se conozca si han sido llevadas a cabo ni sus resultados (infra Considerando 51) 76. 45. Al respecto, del informe de la Fiscalía de 2019 se desprende que, tras la diligencia de versión libre ante la jurisdicción de Justicia y Paz que rindió una de las personas que reconoció responsabilidad por los hechos de este caso en 2017 (Guillermo de Jesús Acevedo Mejía), se ordenó la realización de nuevas diligencias de investigación. Éstas buscan continuar indagando si los restos de algunas de las víctimas del caso pudieran encontrarse enterrados en fosas comunes en alguna de las propiedades de los Pérez, para lo cual, entre otras diligencias 77, se dispuso, mediante resolución de la Fiscalía de febrero de 2020, que se practicara determinada prueba o realizaran prospecciones en algunas de las fincas o predios identificados 78. 72 Elaboró un informe en PowerPoint sobre acciones y resultados de dicho plan, una “memoria topográfica del Plan de Búsqueda”, un “informe final en torno a la investigación penal y el Plan de Búsqueda” y un informe redactado desde la perspectiva de memoria histórica. Cfr. Informe de la Fiscalía General de la Nación, supra nota 27. 73 Las reuniones contaron con la participación del Fiscal de conocimiento del caso, del coordinador del equipo de búsqueda de policía judicial y “del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el acompañamiento de la Parte Civil, en cabeza de la Comisión Colombiana de Juristas, como también de psicólogos de la Unidad de Atención a Víctimas”. Se llevaron a cabo “en las ciudades y municipios en los cuales residen estos familiares, es decir, Ocaña (Norte de Santander), Bucaramanga, Medellín, Barranquilla, la Dorada (Caldas) y Bogotá”. Cfr. Informe de la Fiscalía General de la Nación, supra nota 27. 74 El evento “se hizo […] en el monumento que como cumplimiento de la […] Sentencia de la Corte Interamericana fue erigido en memoria de las víctimas. Se contó con la participación de familiares de las víctimas […], de la Vice Fiscal General de la Nación, del Fiscal de conocimiento del caso, del coordinador del equipo de búsqueda de policía judicial, los representantes de la Comisión Colombiana de Juristas como parte civil y otros abogados de parte civil”. “[S]e realizó una misa […] que fue solicitada por los familiares, se entregó dos bonsái por familia a título de memoria, cinco USB con los documentos e informe de memoria topográfica”. Los gastos de transporte y hospedaje de los familiares fueron costeados por la Fiscalía. 75 En la “solicitud de pruebas” efectuada por los representantes a Fiscalía Especializada 56, Dirección Especializada contra las Violaciones a Derechos Humanos en febrero de 2021, se menciona que mediante Resolución de 19 de febrero de 2020 el Fiscal 57 de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, “decretó nueve pruebas” en el radicado de este caso (anexo al escrito de los representantes de 20 de junio de 2022). 76 Cfr. Escrito de observaciones de los representantes de octubre de 2022. 77 Entre las diligencias a realizar se mencionan: la toma de declaración bajo juramento al señor Acevedo Mejía; diversas acciones para coordinar la colaboración del señor Arnubio Triana Marchena alias “Botalón”, paramilitar que también se sometió al procedimiento de Justicia y Paz, para obtener información sobre las fincas donde los Pérez tenían las fosas comunes de las personas asesinadas y donde presuntamente podrían estar los restos de 7 de las víctimas de este caso. Cfr. Informe de la Fiscalía General de la Nación, supra nota 27. 78 Cfr. Informe de la Fiscalía de 2019 y los presentados por el Estado en 2022. -15-

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