-611. Informar a las partes y a la Comisión que, al término de las declaraciones rendidas en la
audiencia pública, podrán presentar ante el Tribunal sus alegatos finales orales y observaciones
finales orales, respectivamente, sobre la excepción preliminar y los eventuales fondo,
reparaciones y costas en el presente caso.
12. Disponer que la Secretaría de la Corte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
55.3 del Reglamento, indique a las partes y a la Comisión el enlace electrónico donde se
encontrará disponible la grabación de la audiencia pública sobre la excepción preliminar y los
eventuales fondo, reparaciones y costas, a la brevedad posible luego de la celebración de la
referida audiencia.
13. Informar a las partes y a la Comisión que, en los términos del artículo 56 del Reglamento,
cuentan con plazo hasta el 8 de marzo de 2024, para presentar sus alegatos finales escritos y
observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con la excepción preliminar y los
eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso. Este plazo es improrrogable.
14. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana notifique la presente Resolución a
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de las presuntas
víctimas y a la República de Chile.
Corte IDH. Caso Galetovic Sapunar y otros Vs. Chile. Resolución del Presidente de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 3 de noviembre de 2023.
Ricardo C. Pérez Manrique
Presidente
Romina I. Sijniensky
Secretaria Adjunta
Comuníquese y ejecútese,
Ricardo C. Pérez Manrique
Presidente
Romina I. Sijniensky
Secretaria Adjunta