-22web del Poder Judicial98. El representante May Cantillano y la Comisión Interamericana
valoraron el cumplimiento estatal. El representante Molina Acevedo no se refirió al
cumplimiento de esta medida.
56.
La Corte considera que el Estado, dentro del plazo establecido, ha dado
cumplimiento total a las medidas de publicación y difusión de la Sentencia ordenadas en el
punto dispositivo sexto de la misma.
F. Cursos y programas de educación y capacitación para funcionarios judiciales
F.1. Medida ordenada por la Corte
57.
En el punto dispositivo sexto y el párrafo 341 de la Sentencia, la Corte dispuso que el
Estado “implemente programas y cursos permanentes de educación y capacitación en
derechos humanos, derechos reproductivos y no discriminación, dirigidos a funcionarios
judiciales de todas las áreas y escalafones de la rama judicial”, y estableció que “[d]entro
de dichos programas y cursos de capacitación deberá hacerse una especial mención a la […]
Sentencia y a los diversos precedentes del corpus iuris de los derechos humanos relativos a
los derechos reproductivos y el principio de no discriminación”.
F.2. Consideraciones de la Corte
58.
El Tribunal valora positivamente que Costa Rica haya diseñado y puesto en ejecución
un programa de capacitación en derechos humanos, sexuales y reproductivos para
funcionarios judiciales (infra Considerandos 59 a 63). El Estado afirmó que con las acciones
implementadas “ha dado un adecuado cumplimiento a lo preceptuado por la […] Corte […]
en lo atinente a [este] punto dispositivo” de la Sentencia. El representante May Cantillano
reconoció que “se han realizado capacitaciones del personal judicial en materia de derechos
humanos”, e hizo notar que estas “debe[n] ser permanente[s]” 99.
59.
El 14 de enero de 2013 el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica
acordó que tanto “el Consejo Directivo de la Escuela Judicial [‘Lic. Édgar Cervantes Villalta’,
como] la Escuela Judicial [deben] poner en ejecución programas y cursos permanentes de
educación y capacitación de derechos humanos[,] principalmente en temas reproductivos y
no discriminación dirigidos a funcionarios y funcionarias judiciales” 100. La Escuela Judicial
conformó un equipo de trabajo, en el cual también participó personal de la Defensoría de los
Habitantes de Costa Rica101. Este grupo de trabajo diseñó el taller denominado “Derechos
98
Cfr. Acuerdo de la Corte Plena tomado en la sesión No. 8-13 celebrada el 25 de febrero de 2013 (anexo al
escrito del Estado de 20 de junio de 2013); Oficio No. 2193-134 de 26 de febrero de 2013 a través del cual la
Secretaría General de la Corte Suprema de Costa Rica comunicó a la Dirección de Tecnología de la Información del
Poder Judicial el acuerdo tomado por la Corte Plena en sesión No. 8-13 de 25 de febrero de 2013, artículo XVIII,
para publicar, por plazo de un año, en la página web del Poder Judicial la Sentencia dictada por la Corte
Interamericana en el presente caso (anexo al escrito del Estado de 21 de agosto de 2013), y Oficio No. SP-1772013 de 14 de junio de 2013 de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, dirigido a la Procuradora
General de la República, en el cual se indicó “se puede acceder [a la publicación de la Sentencia de este caso]
ingresando al siguiente link:
http://www.poderjudicial.go.cr/images/documentos/noticias/FECUNDACION_IN_VITRO.pdf” (anexo al escrito del
Estado de 20 de junio de 2013).
99
El representante Molina Acevedo no se refirió de manera específica al cumplimiento de esta medida de
reparación. La Comisión sostuvo, en sus observaciones de agosto de 2013, que “valor[aba] positivamente el
acuerdo para que el Consejo Directivo de la Escuela Judicial se h[iciera] cargo del cumplimiento de esta obligación”
y estimó necesario que el Estado aportara más información sobre los contenidos de la capacitación, su
obligatoriedad y periodicidad.
100
Cfr. Acuerdo de la Corte Plena tomado en la sesión No. 2-13 celebrada el 14 de enero de 2013, artículo V
(Anexo al escrito del Estado de 20 de junio de 2013).
101
El grupo de trabajo se conformó con el director, la subdirectora, una especialista en métodos de
enseñanza, un gestor de capacitación y una técnica judicial de la Escuela Judicial, y con la abogada directora del