6 2. Ana María Romero de Campero, quien rendirá su peritaje sobre: i. ii. el contexto de violaciones de derechos humanos en la época de la desaparición de Renato Ticona Estrada; y la falta de investigación judicial de casos como el suyo. 3. Roger Cortéz Hurtado, quien rendirá peritaje sobre: i. el contexto de violaciones de derechos humanos en la época de la desaparición de Renato Ticona Estrada; y la falta de investigación judicial en casos como el suyo. ii. C) Propuesta por los representantes 1. Rosario Baptista Canedo, quien rendirá peritaje sobre el desarrollo del proceso penal de la Comisión Nacional de Desaparecidos. 2. Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al representante de las presuntas víctimas que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que las personas mencionadas en el punto resolutivo primero rindan su declaraciones y peritajes ante fedatario público (affidávit) y remitan a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 27 de junio de 2008, las declaraciones testimoniales y los peritajes de las personas referidas en dicho punto. 3. Solicitar a la Secretaría que, una vez recibidas las declaraciones y los dictámenes rendidos ante fedatario público (affidávit), los transmita a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al representante de las presuntas víctimas y al Estado para que, en un plazo improrrogable de siete días, contado a partir de su recepción, presenten las observaciones que estimen pertinentes. 4. Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al representante de las presuntas víctimas y al Estado de Bolivia a una audiencia pública que se celebrará en el Estado del Uruguay, en la Ciudad de Montevideo, a partir de las 9:00 horas del 13 de agosto de 2008 en la ciudad de Montevideo, Uruguay, para escuchar sus alegatos finales orales sobre el fondo y eventuales reparaciones y costas en el presente caso, así como la declaración del siguiente testigo: Testigo A) Propuesto por la Comisión Interamericana y los representantes: Hugo Ticona Estrada, quien rendirá testimonio sobre: i. ii. iii. la desaparición forzada de su hermano; las gestiones realizadas para ubicarlo; y la situación familiar con posterioridad a su desaparición. 5. Requerir al Estado de Bolivia que facilite la salida y entrada de su territorio del testigo, en el caso que resida o se encuentre en él y haya sido citado en la presente Resolución a rendir su testimonio en la audiencia pública sobre el fondo y

Select target paragraph3