II
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
4.
Notificación a los representantes y al Estado. – El sometimiento del caso por parte de la
Comisión fue notificado por la Corte a los representantes de las presuntas víctimas (en adelante
“los representantes”) el 26 de febrero de 2018.
5.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 26 de abril y del 12 de junio de 2018 3 los
representantes presentaron ante la Corte su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en
adelante “escrito de solicitudes y argumentos” o “ESAP”). Los representantes remitieron y se
adhirieron a la descripción de hechos efectuada por la Comisión. De igual manera, se adhirieron
a los alegatos de la Comisión en cuanto a las excepciones preliminares y el fondo del asunto.
Además, alegaron la violación a los derechos a la vida digna, la propiedad, la seguridad social y a
tomar medidas para hacerlos efectivos en términos de los artículos 4.1, 21, 26 y 2 de la
Convención Americana, en perjuicio de las presuntas víctimas. Finalmente, solicitaron a la Corte
que ordenara al Estado la adopción de diversas medidas de reparación y el reintegro de costas y
gastos.
6.
Escrito de contestación. – El 29 de agosto de 2018 el Estado 4 presentó ante la Corte su
escrito de contestación (en adelante “escrito de contestación”) al sometimiento e Informe de
Fondo de la Comisión y al escrito de solicitudes y argumentos. El Estado presentó excepciones
preliminares. Dicho escrito fue notificado a los representantes y a la Comisión el 25 de octubre de
2018.
7.
Observaciones a las excepciones preliminares. – El 23 y 26 de noviembre de 2018, los
representantes de las presuntas víctimas y la Comisión presentaron, respectivamente, sus
observaciones a las excepciones preliminares interpuestas por el Estado.
8.
Audiencia Pública. - Mediante resolución del Presidente de la Corte de 21 de marzo de 2019 5
se convocó a las partes y a la Comisión Interamericana a una audiencia pública para recibir sus
observaciones finales orales sobre las excepciones preliminares, el fondo y eventuales
reparaciones y costas, así como para recibir la declaración de una víctima, una perita y dos peritos.
La audiencia pública fue celebrada el 7 de mayo de 2019, durante el 60° Período Extraordinario
de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en Montevideo, Uruguay 6.
9.
3
Amicus curiae. – El Tribunal recibió dos escritos en calidad de amicus curiae presentados
Los representantes presentaron nuevamente los anexos al ESAP de conformidad con lo solicitado por la Corte.
4
Mediante comunicación de 9 de noviembre de 2018 el Estado designó a Carlos Miguel Reaño Balarezo como
Agente Titular y a Silvana Lucía Gómez Salazar y Nilda Peralta Zecenarro como agentes alternas (expediente de fondo,
folio 638).
Cfr. Caso Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados de la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria (ANCEJUB-SUNAT) Vs. Perú. Convocatoria a audiencia. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos de 21 de marzo de 2019. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/ancejubsunat_21_03_19.pdf
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6
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: el asesor Erick Acuña Pereda; b) por los
representantes: los señores Javier Mujica Petit, Carlos Blancas Bustamante y Eddie Rafael Cajaleón Castilla, y c) por el
Estado: los señores Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional; Silvana Lucía Gómez
Salazar, abogada de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; Nilda Peralta Zecenarro, abogada de la
Procuraduría Pública Especializada Supranacional; Antenor José Escalante Gonzáles, Procurador Público Titular de la
Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria – SUNAT; Edgar Roney Cuadros Ochoa, Gerente de
Asuntos Laborales de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Aduana y de
Administración Tributaria – SUNAT, y Julio César López Ramírez, Supervisor de Asuntos Laborales de la Procuraduría
Tributaria de Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria – SUNAT.
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