II PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 4. Notificación a los representantes y al Estado. – El sometimiento del caso por parte de la Comisión fue notificado por la Corte a los representantes de las presuntas víctimas (en adelante “los representantes”) el 26 de febrero de 2018. 5. Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 26 de abril y del 12 de junio de 2018 3 los representantes presentaron ante la Corte su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y argumentos” o “ESAP”). Los representantes remitieron y se adhirieron a la descripción de hechos efectuada por la Comisión. De igual manera, se adhirieron a los alegatos de la Comisión en cuanto a las excepciones preliminares y el fondo del asunto. Además, alegaron la violación a los derechos a la vida digna, la propiedad, la seguridad social y a tomar medidas para hacerlos efectivos en términos de los artículos 4.1, 21, 26 y 2 de la Convención Americana, en perjuicio de las presuntas víctimas. Finalmente, solicitaron a la Corte que ordenara al Estado la adopción de diversas medidas de reparación y el reintegro de costas y gastos. 6. Escrito de contestación. – El 29 de agosto de 2018 el Estado 4 presentó ante la Corte su escrito de contestación (en adelante “escrito de contestación”) al sometimiento e Informe de Fondo de la Comisión y al escrito de solicitudes y argumentos. El Estado presentó excepciones preliminares. Dicho escrito fue notificado a los representantes y a la Comisión el 25 de octubre de 2018. 7. Observaciones a las excepciones preliminares. – El 23 y 26 de noviembre de 2018, los representantes de las presuntas víctimas y la Comisión presentaron, respectivamente, sus observaciones a las excepciones preliminares interpuestas por el Estado. 8. Audiencia Pública. - Mediante resolución del Presidente de la Corte de 21 de marzo de 2019 5 se convocó a las partes y a la Comisión Interamericana a una audiencia pública para recibir sus observaciones finales orales sobre las excepciones preliminares, el fondo y eventuales reparaciones y costas, así como para recibir la declaración de una víctima, una perita y dos peritos. La audiencia pública fue celebrada el 7 de mayo de 2019, durante el 60° Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en Montevideo, Uruguay 6. 9. 3 Amicus curiae. – El Tribunal recibió dos escritos en calidad de amicus curiae presentados Los representantes presentaron nuevamente los anexos al ESAP de conformidad con lo solicitado por la Corte. 4 Mediante comunicación de 9 de noviembre de 2018 el Estado designó a Carlos Miguel Reaño Balarezo como Agente Titular y a Silvana Lucía Gómez Salazar y Nilda Peralta Zecenarro como agentes alternas (expediente de fondo, folio 638). Cfr. Caso Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (ANCEJUB-SUNAT) Vs. Perú. Convocatoria a audiencia. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 21 de marzo de 2019. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/ancejubsunat_21_03_19.pdf 5 6 A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: el asesor Erick Acuña Pereda; b) por los representantes: los señores Javier Mujica Petit, Carlos Blancas Bustamante y Eddie Rafael Cajaleón Castilla, y c) por el Estado: los señores Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional; Silvana Lucía Gómez Salazar, abogada de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; Nilda Peralta Zecenarro, abogada de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; Antenor José Escalante Gonzáles, Procurador Público Titular de la Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria – SUNAT; Edgar Roney Cuadros Ochoa, Gerente de Asuntos Laborales de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria – SUNAT, y Julio César López Ramírez, Supervisor de Asuntos Laborales de la Procuraduría Tributaria de Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria – SUNAT. 5

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