Brasil por las violaciones contenidas en el Informe de Fondo y que se ordenara al Estado,
como medidas de reparación, las recomendaciones incluidas en dicho Informe.
II.
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
6.
Notificación al Estado y a los representantes.– El sometimiento del caso fue
notificado, tanto al Estado como a los representantes de las presuntas víctimas, el 19 de
abril de 2016.
7.
Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas.– Los representantes no presentaron su
escrito de solicitudes, argumentos y pruebas4.
8.
Escrito de excepciones preliminares y contestación.– El 14 de septiembre de 2016 el
Estado presentó el escrito de interposición de excepciones preliminares y contestación al
sometimiento del caso (en adelante “contestación” o “escrito de contestación”) 5, en los
términos del artículo 41 del Reglamento del Tribunal. El Estado interpuso cinco excepciones
preliminares y se opuso a las violaciones alegadas.
9.
Observaciones a las excepciones preliminares.- El 26 de octubre de 2016, la Comisión
presentó sus observaciones a las excepciones preliminares y solicitó que fueran
desestimadas.
10.
Audiencia pública.– Mediante Resolución de 31 de enero de 20176, el Presidente de la
Corte convocó a las partes y a la Comisión a una audiencia pública para escuchar sus
alegatos y observaciones finales orales sobre excepciones preliminares y eventuales fondo,
reparaciones y costas, Asimismo, ordenó la recepción de la declaración de un testigo y dos
peritos propuestos por el Estado y la Comisión. Del mismo modo, en dicha resolución se
ordenó recibir la declaración rendida ante fedatario público (affidávit) de un perito propuesto
por el Estado7. La audiencia pública fue celebrada el 21 de marzo de 2017 durante el 57°
Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en la Ciudad de Guatemala,
Guatemala8.
4
El 21 de febrero de 2017 los representantes informaron que la organización Justicia Global actuaría como copeticionaria del Caso.
5
El Estado designó como Agente para el presente caso al señor Fernando Jacques de Magalhães Pimenta y como
agentes alternos a Maria Cristina Martins dos Anjos, Agostinho do Nascimento Netto, Pedro Marcos de Castro
Saldanha, Boni de Moraes Soares, Rodrigo de Oliveira Morais, Daniela Marques, Thiago Almeida Garcia, Luciana
Peres, Victor Marcelo Almeida, Andrea Vergara da Silva, Fernanda Menezes Pereira, Taiz Marrão Batista da Costa y
Carolina Ribeiro Santana.
6
Resolución del Presidente en ejercicio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 31 de enero de 2017.
Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/xucuru_31_01_17.pdf.
7
Mediante Resolución del Presidente en ejercicio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 31 de enero
de 2017, se requirió al perito Christian Teófilo da Silva, propuesto por el Estado, que presentase su declaración ante
fedatario público. Asimismo se convocó a audiencia al perito Carlos Frederico Marés de Souza Filho, presentado
también por el Estado, y a la perita Victoria Tauli-Corpuz, propuesta por la Comisión Interamericana.
Posteriormente, el 17 de febrero de 2017, el Estado solicitó, alegando causa de fuerza mayor, un cambio de
modalidad de los peritajes propuestos, de modo que el perito Christian Teófilo da Silva fuese convocado a
audiencia, mientras que el perito Carlos Frederico Marés de Souza Filho rindiera su peritaje ante fedatario público.
Asimismo, el 21 de febrero de 2017 la Comisión Interamericana solicitó el cambio de modalidad del peritaje
propuesto, a fin de que la perita Victoria Tauli-Corpuz pudiese rendir su peritaje mediante declaración ante
fedatario público. Como consecuencia de lo anterior, el 28 de febrero de 2017, mediante Nota de Secretaría, se
notificó a las partes y a la Comisión Interamericana la decisión del Presidente en ejercicio de la Corte
Interamericana de aceptar los cambios de modalidad de los peritajes solicitados por el Estado y por la Comisión
Interamericana, respectivamente.
8
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: el abogado de la Secretaría Ejecutiva Jorge
Humberto Meza Flores; b) por los representantes de las presuntas víctimas: Adelar Cupsinski, Caroline Hilgert,
Marcos Luidson de Araújo, Fernando Delgado, Michael Mary Nolan, Raphaela de Araújo Lima Lopes, Rodrigo
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