otorgado una atención especializada pese a encontrarse en una situación de
vulnerabilidad.
35.
Desafortunadamente en la sentencia no se brindan razones que justifiquen la
aplicación del principio iura novit curia, pues el señalamiento de que la jurisprudencia
internacional se ha valido reiteradamente del mismo constituye una tan solo una
afirmación destinada a constatar un dato, un argumento de autoridad, más no una
motivación.
36.
Corresponde reiterar aquí lo que señalé en mi voto disidente en el caso Mina
Cuero Vs. Ecuador18, en cuanto a que en el ámbito de la adjudicación internacional la
aplicación del principio no ha sido uniforme, destacándose -por la habitual utilización del
mismo- la jurisprudencia del Sistema Interamericano, y no la jurisprudencia
internacional en su conjunto. Por cierto, la disuelta Corte Permanente de Justicia
Internacional 19, la Corte Internacional de Justicia 20 y el Tribunal Europeo de Derechos
Humanos 21 también han reflexionado sobre los alcances del referido principio, pero
haciendo un uso más restringido del mismo.
37.
Si bien múltiples sentencias de esta Corte han razonado en torno a esta
herramienta jurisdiccional22, la mera afirmación de que es un principio que se ha aplicado
18
Caso Mina Cuero Vs. Ecuador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 7 de
septiembre de 2002, Serie C No. 464. Voto parcialmente disidente de la Jueza Patricia Pérez Goldberg.
19
Caso Lotus, sentencia Nº9, 1927, Serie A, Nº1, página 31.
20
Caso Fisheries Jurisdiction (United Kingdom Vs. Iceland), sentencia del 25 de julio de 1974, párrafos
17-18; caso Military and Paramilitary Activities in and against Nicaragua (Nicaragua Vs.United States of
America), sentencia de 27 de junio de 1986, párrafo 29.
21
Caso Handyside vs. United Kingdom, sentencia de 7 de diciembre de 1976, Series A No. 24, párrafo 41;
caso Guerra and others vs. Italy, sentencia de 19 de febrero de 1998, Reports 1998-I, p.13, párrafo 44;
caso Philis vs. Greece, sentencia de 27 de agosto de 1991, Series A No. 209, p. 19, párrafo 56; caso Powell
y Rayner vs. Reino Unido sentencia de 21 de febrero de 1990, Series A No. 172, p. 13, párrafo. 29;
caso Scoppola vs. Italy (No. 2), sentencia de 17 de septiembre de 2009, p. 17, párrafo 5; caso Celikbilek
vs. Turkey, sentencia de 31 de mayo de 2005, párrafos 100-105.
22
Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras, sentencia de 29 de julio de 1988; Caso Godínez Cruz Vs.
Honduras, sentencia de 20 de enero de 1989; Caso Blake vs. Guatemala, sentencia de 24 de enero de
1998; Caso Durand y Ugarte Vs. Perú, sentencia de 16 de agosto de 2000; Caso Hilaire, Constantine y
Benjamín y otros Vs. Trinidad y Tobago, sentencia de 21 de junio de 2002; Caso Castillo Petruzzi y otros
vs. Perú, sentencia de 30 de mayo de 1999; Caso Cantos vs. Argentina, sentencia de 28 de noviembre de
2002; Caso Cinco Pensionistas Vs. Perú, sentencia de 28 de febrero de 2003; Caso Myrna Mack Chang Vs.
Guatemala, sentencia de 25 de noviembre de 2003; Caso Maritza Urrutia Vs. Guatemala, sentencia 27 de
noviembre de 2003; Caso de los Hermanos Gómez Paquiyauri Vs. Perú, sentencia de 8 de julio de 2004;
Caso Instituto de Reeducación del Menor Vs. Paraguay, sentencia de 2 de septiembre de 2004; Caso de
la Comunidad Moiwana Vs. Surinam, sentencia de 15 de junio de 2005; Caso Acosta Calderón Vs. Ecuador,
sentencia de 24 de junio de 2005; Caso de las Niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana, sentencia
de 8 de septiembre de 2005; Caso Masacre de Mapiripán Vs. Colombia, sentencia de 15 de septiembre de
2005; Caso García Asto y Ramírez Rojas Vs. Perú, sentencia de 25 de noviembre de 2005; Caso Comunidad
Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay, sentencia de 29 de marzo de 2006; Caso de las Masacres de
Ituango Vs. Colombia, sentencia de 1 de julio de 2006; Caso Ximenes Lopes Vs. Brasil, sentencia de 4 de
julio de 2006; Caso Bueno Alves Vs. Argentina, sentencia de 11 de mayo de 2007; Caso Kimel Vs.
Argentina, sentencia de 2 de mayo de 2008; Caso Heliodoro Portugal Vs. Panamá, sentencia de 12 de
agosto de 2008; Caso Bayarri Vs. Argentina, sentencia de 30 de octubre de 2008; Caso González y otras
(“Campo Algodonero”) Vs. México, solicitud de ampliación de presuntas víctimas y negativa de remisión
de prueba documental, 19 de enero de 2009; Caso Escher y otros Vs. Brasil, sentencia de 6 de julio de
2009; Caso Usón Ramírez Vs. Venezuela, sentencia de 20 de noviembre de 2009; Caso Vélez Loor Vs.
Panamá, sentencia de 23 de noviembre de 2010; Caso Vera Vera y otra Vs. Ecuador, sentencia de 19 de
mayo de 2011; Caso Contreras y otros Vs. El Salvador, sentencia de 31 de agosto de 2011; Caso Grande
Vs. Argentina, sentencia de 31 de agosto de 2011; Caso Furlán y familiares Vs. Argentina, sentencia de
31 de agosto de 2012; Caso Gudiel Álvarez y otros (“Diario Militar”) Vs. Guatemala, sentencia de 20 de
noviembre de 2012; Caso Suárez Peralta Vs. Ecuador, sentencia de 21 de mayo de 2013;Caso Hermanos
Landaeta y otros Vs. Venezuela, sentencia de 27 de agosto de 2014; Caso de Personas Dominicanas y
Haitianas Expulsadas Vs. República Dominicana, sentencia de 28 de agosto de 2014; Caso Defensor de
Derechos Humanos y otros Vs. Guatemala, sentencia de 28 de agosto de 2014; Caso Rochac Hernández
y otros Vs. El Salvador, sentencia de 14 de octubre de 2014;Caso Cruz Sánchez y otros Vs. Perú, sentencia
de 17 de abril de 2015; Caso Comunidad Campesina de Santa Bárbara Vs. Perú, sentencia de 1 de
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