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familiares de detenidos desaparecidos [y de] ejecutados políticos, [y a]
retornados y […] exonerados políticos y su[s] grupo[s] familiar[es] directo[s]”.
Posteriormente, la Ley No. 19.980 de 9 noviembre de 2004 modificó la Ley No.
19.123 para ampliar y establecer nuevos beneficios de reparación de índole
médica. Asimismo, la Ley No. 19.992 promulgada el 17 de diciembre de 2004
amplió la atención para aquellas personas “que se individualizan en la nómina
de personas reconocidas como víctimas, que forma parte del Informe de la
Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura” 55;
iv.
El 21 de agosto de 1990, se adoptó o mantuvo en vigencia una serie de leyes a
favor de las personas que sufrieron el exilio durante el régimen militar: a) la
Ley No. 18.994, la cual creó la Oficina Nacional de Retorno (ONR) –cuyas
funciones cesaron en 1994- para facilitar el retorno de exiliados, mediante la
adopción de diversas medidas relacionadas con la reinserción laboral y
económica, la atención en salud, educación, vivienda, asistencia jurídica, así
como cooperación internacional con varios países para asegurar la continuidad
previsional o facilitar el traslado de fondos; b) la Ley No. 19.128 que estableció
ciertas franquicias aduaneras y de arancel aduanero, y c) la Ley No. 19.740, la
cual también otorgó ciertos beneficios económicos a los deudores del Banco del
Estado que obtuvieron créditos en el marco del Programa de Créditos para el
Establecimiento por Cuenta Propia de Chilenos Retornados 56;
v.
En relación con las personas que se vieron afectadas en su situación laboral por
motivos políticos durante la dictadura militar (“exonerados políticos”), el Estado
adoptó varias leyes: la Ley No. 19.234 promulgada el 5 de agosto y publicada
el 12 de agosto de 1993 y sus modificatorias: la Ley No. 19.582 y la Ley No.
19.881 promulgada el 11 de junio de 2003 y publicada el 27 de los mismos
mes y año, la cual fue adoptada para ampliar el plazo de inscripción de
“exonerados políticos”. Dichas leyes concretaron la creación del Programa de
Reconocimiento al Exonerado Político, mediante el cual se otorgó pensiones y
otros beneficios a dichas personas. De acuerdo a la Ley No. 20.134 promulgada
el 8 de noviembre de 2006 y publicada el 22 de los mismos mes y año, se
estableció un bono extraordinario que ascendía a un monto aproximado de
USD$3.009.90 (tres mil nueve dólares y noventa centavos de los Estados
Unidos de América), o a uno mayor para los “exonerados por motivos políticos”
57
;
vi.
Además, en materia de reparaciones para víctimas de violaciones de derechos
humanos durante el régimen militar, se adoptaron varias leyes en el marco de
la propuesta de derechos humanos titulada “No hay Mañana sin Ayer”, del
Gobierno del entonces Presidente, Ricardo Lagos, que se dio a conocer el 12
agosto de 2003: a) la Ley No. 19.980, y b) la Ley No. 19.962, que dispuso la
eliminación de anotaciones prontuariales “referidas a condenas impuestas por
[t]ribunales [m]ilitares” por hechos acaecidos durante la dictadura militar
relacionados con delitos sobre la “[s]eguridad del Estado”, el “[c]ontrol de
[a]rmas y “[c]onductas [t]erroristas”, sancionados por leyes de la época 58;
vii.
La Comisión Valech fue creada por Decreto Supremo No. 1.040, publicado en el
Diario Oficial el 11 de noviembre de 2003, con el objetivo de determinar las
55
Caso García Lucero y otras Vs. Chile, párrs. 67 y 68.
56
Caso García Lucero y otras Vs. Chile, párr. 70.
57
Caso García Lucero y otras Vs. Chile, párr. 69.
58
Caso García Lucero y otras Vs. Chile, párr. 71.