Perito/a cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre las garantías judiciales
aplicables a los procesos disciplinarios seguidos contra fiscales. En particular, el/la perito/a declarará sobre
los estándares relativos a los derechos de defensa y las implicaciones que tiene el principio de congruencia en
dicho ámbito, el derecho a contar con decisiones debidamente motivadas y contar con una revisión judicial
efectiva de la sanción. Por otra parte, el/la perito/a se referirá a los deberes del Estado en materia de
restricciones a la libertad de expresión de fiscales en el marco de investigaciones de interés público que estén
realizando.
El CV del/a perito/a ofrecido/a será incluido en los anexos al Informe de Fondo No. 301/20.
Finalmente, la Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre quienes
actuaron como peticionarios a lo largo del trámite del caso:
XXX
Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente,
Marisol Blanchard Vera
Secretaria Ejecutiva Adjunta
4