-33el domicilio del señor Vélez Restrepo varios hombres que dijeron ser funcionarios de la
Procuraduría pero no mostraron identificación alguna. Dichas personas preguntaron a la
esposa del señor Vélez Restrepo sobre los horarios y las actividades de aquel 103.
90.
Mediante escrito de fecha 29 de septiembre de 1997, la Comisión Colombiana de
Juristas puso en conocimiento de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos de
la Presidencia de la República, la situación de amenazas y hostigamientos contra el señor
Vélez Restrepo104.
91.
Asimismo, el 6 de octubre de 1997 fue recibido en la Procuraduría General de la
Nación un escrito fechado 29 de septiembre de 1997, mediante el cual la Comisión
Colombiana de Juristas denunció también ante esta entidad que el señor Vélez y su familia
habían sido objeto de hostigamientos y amenazas, las cuales alegaron que estaban
relacionadas con el video filmado por el señor Vélez Restrepo con ocasión de las marchas
campesinas de agosto de 1996. Denunciaron que las amenazas se efectuaron a través de
llamadas telefónicas y también denunciaron los referidos hechos del 24 de septiembre de
1997 (supra párr. 89)105. En virtud de dicha denuncia, el 10 de octubre de 1997 la
Procuraduría General de la Nación inició una “indagación preliminar” (infra párrs. 110 y
111)106.
92.
El 3 de octubre de 1997 el señor Vélez Restrepo presentó personalmente un escrito
ante la Consejería para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República, en relación
con su situación de seguridad por motivo de las amenazas 107.
93.
El 5 de octubre de 1997 el señor Vélez Restrepo recibió una amenaza de muerte
escrita, consistente en una esquela o tarjeta de pésame por su propia muerte, en la cual se
indicaba “Sr. Vélez Los sapos Mueren Aplastados. Paz sobre su Tumba” 108.
Vélez Restrepo el 25 de julio de 2005 ante una Notaria Pública del Distrito de Columbia, Estados Unidos de América
(expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, Tomo I, Anexo 15, folio 80, y expediente de anexos al escrito
de solicitudes, argumentos y pruebas, Tomo II, Anexo 16, folios 657 y 658), y comunicación dirigida por la
Comisión Colombiana de Juristas a la Procuraduría General de la Nación el 29 de septiembre de 1997 (expediente
de trámite del caso ante la Comisión, tomo II, folio 912).
103
Cfr. declaración rendida por Aracelly Román Amariles ante la Seccional Antioquia de la Dirección Nacional
de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación el 2 de febrero de 1998 (expediente de
anexos al Informe de Fondo 136/10, tomo I, Anexo 18, folios 94 y 95); oficio emitido por la Unidad de Derechos
Humanos de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación el 10 de
octubre de 1997 (expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, tomo I, Anexo 12, folio 67); auto emitido por
la Veeduría de la Procuraduría General de la Nación el 3 de mayo de 2002, radicación 030-54410/2001 (expediente
de anexos al Informe de Fondo 136/10, tomo I, anexo 22, folio 107), y declaraciones rendidas por Luis Gonzalo
Vélez Restrepo y Aracelly Román Amariles ante la Corte Interamericana en la audiencia pública celebrada el 24 de
febrero de 2012.
104
Cfr. Oficio DH 2860 de 14 de octubre de 1997 suscrito por un Asesor de la Consejería para los Derechos
Humanos de la Presidencia de la República dirigido al señor Gustavo Gallón de la Comisión Colombiana de Juristas
(expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, Tomo I, Anexo 13, folios 71 y72).
105
Cfr. comunicación fechada 29 de septiembre de 1997 dirigida por la Comisión Colombiana de Juristas a la
Procuraduría General de la Nación (expediente de trámite del caso ante la Comisión, tomo II, folios 912 y 913).
106
Cfr. oficio emitido el 10 de octubre de 1997 por la Unidad de Derechos Humanos de la Dirección Nacional
de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación (expediente de anexos al Informe de Fondo
136/10, tomo I, Anexo 12, folio 67).
107
Cfr. oficio DH 2190 de 6 de julio de 1998 suscrito por el Coordinador del Área de Casos de la Consejería
para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República dirigido al señor Raúl Hernández (expediente de
anexos al Informe de Fondo 136/10, Tomo I, Anexo 20, folio 100).