-33el domicilio del señor Vélez Restrepo varios hombres que dijeron ser funcionarios de la Procuraduría pero no mostraron identificación alguna. Dichas personas preguntaron a la esposa del señor Vélez Restrepo sobre los horarios y las actividades de aquel 103. 90. Mediante escrito de fecha 29 de septiembre de 1997, la Comisión Colombiana de Juristas puso en conocimiento de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República, la situación de amenazas y hostigamientos contra el señor Vélez Restrepo104. 91. Asimismo, el 6 de octubre de 1997 fue recibido en la Procuraduría General de la Nación un escrito fechado 29 de septiembre de 1997, mediante el cual la Comisión Colombiana de Juristas denunció también ante esta entidad que el señor Vélez y su familia habían sido objeto de hostigamientos y amenazas, las cuales alegaron que estaban relacionadas con el video filmado por el señor Vélez Restrepo con ocasión de las marchas campesinas de agosto de 1996. Denunciaron que las amenazas se efectuaron a través de llamadas telefónicas y también denunciaron los referidos hechos del 24 de septiembre de 1997 (supra párr. 89)105. En virtud de dicha denuncia, el 10 de octubre de 1997 la Procuraduría General de la Nación inició una “indagación preliminar” (infra párrs. 110 y 111)106. 92. El 3 de octubre de 1997 el señor Vélez Restrepo presentó personalmente un escrito ante la Consejería para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República, en relación con su situación de seguridad por motivo de las amenazas 107. 93. El 5 de octubre de 1997 el señor Vélez Restrepo recibió una amenaza de muerte escrita, consistente en una esquela o tarjeta de pésame por su propia muerte, en la cual se indicaba “Sr. Vélez Los sapos Mueren Aplastados. Paz sobre su Tumba” 108. Vélez Restrepo el 25 de julio de 2005 ante una Notaria Pública del Distrito de Columbia, Estados Unidos de América (expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, Tomo I, Anexo 15, folio 80, y expediente de anexos al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, Tomo II, Anexo 16, folios 657 y 658), y comunicación dirigida por la Comisión Colombiana de Juristas a la Procuraduría General de la Nación el 29 de septiembre de 1997 (expediente de trámite del caso ante la Comisión, tomo II, folio 912). 103 Cfr. declaración rendida por Aracelly Román Amariles ante la Seccional Antioquia de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación el 2 de febrero de 1998 (expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, tomo I, Anexo 18, folios 94 y 95); oficio emitido por la Unidad de Derechos Humanos de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación el 10 de octubre de 1997 (expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, tomo I, Anexo 12, folio 67); auto emitido por la Veeduría de la Procuraduría General de la Nación el 3 de mayo de 2002, radicación 030-54410/2001 (expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, tomo I, anexo 22, folio 107), y declaraciones rendidas por Luis Gonzalo Vélez Restrepo y Aracelly Román Amariles ante la Corte Interamericana en la audiencia pública celebrada el 24 de febrero de 2012. 104 Cfr. Oficio DH 2860 de 14 de octubre de 1997 suscrito por un Asesor de la Consejería para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República dirigido al señor Gustavo Gallón de la Comisión Colombiana de Juristas (expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, Tomo I, Anexo 13, folios 71 y72). 105 Cfr. comunicación fechada 29 de septiembre de 1997 dirigida por la Comisión Colombiana de Juristas a la Procuraduría General de la Nación (expediente de trámite del caso ante la Comisión, tomo II, folios 912 y 913). 106 Cfr. oficio emitido el 10 de octubre de 1997 por la Unidad de Derechos Humanos de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación (expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, tomo I, Anexo 12, folio 67). 107 Cfr. oficio DH 2190 de 6 de julio de 1998 suscrito por el Coordinador del Área de Casos de la Consejería para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República dirigido al señor Raúl Hernández (expediente de anexos al Informe de Fondo 136/10, Tomo I, Anexo 20, folio 100).

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