considerados como antecedentes del caso, pero no derivará ninguna consecuencia
jurídica con base en ellos.
1.
Hechos
1.1.
Sobre las comunidades indígenas en Paraguay
56.
Antes de la colonización del Chaco los indígenas vivían en comunidades
pequeñas y flexibles40. La economía de los miembros de los pueblos indígenas del
Chaco se basaba principalmente en la caza, recolección y pesca. También cultivaban
pequeñas huertas y poseían algunos animales domésticos41. Recorrían sus tierras
utilizando la naturaleza en la medida que las estaciones y la tecnología cultural les
permitía aprovecharla, lo cual determinaba que se desplazaran y ocuparan un área muy
extensa de territorio42.
57.
Los pueblos indígenas no estuvieron ligados a los intereses de la colonización
española y permanecieron relativamente fuera del contacto con la cultura europea y
criolla hasta finales del siglo XIX43.
58.
Entre los años 1885 y 1887, el Estado vendió dos tercios del Chaco44 en la bolsa
de valores de Londres para financiar la deuda del Paraguay tras la llamada guerra de la
Triple Alianza. La división y venta de estos territorios fue realizada con desconocimiento de
la población que los habitaba, que en ese entonces era exclusivamente indígena45.
59.
Económicamente la estructura del espacio chaqueño durante los dos últimos
siglos se organizó primordialmente a través de la expansión de la frontera
agropecuaria, a partir de diversos frentes de cultivo, explotación maderera y
ganadería46. El asentamiento en el Chaco de un gran número de empresarios y
ganaderos, en calidad de propietarios de los latifundios, se incrementó
considerablemente a principios del siglo XX47. Paralelamente, varias misiones religiosas
se asentaron en distintas zonas de la región, con el fin de la “cristianización” de los
indígenas48.
40
Cfr. Kidd, Stephen: “Los Indígenas Enxet: condiciones laborales”, 1994 (expediente de anexos
entregados por el Estado en la audiencia pública, tomo IX, folio 3678 y expediente de anexos al escrito de
solicitudes y argumentos, folios 2740 a 2759), y declaración de Rodrigo Villagra Carron, supra nota 17.
41
Cfr. Kidd, Stephen: “Los Indígenas Enxet: condiciones laborales”, supra nota 40, folio 3678.
42
Cfr. Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay, supra nota 20, párr. 73.2.
43
Cfr. Peritaje de Rodolfo Stavenhagen, supra nota 17, folios 620 a 651.
44
Cfr. Peritaje de Rodolfo Stavenhagen, supra nota 17, folios 620 a 651, y Kidd, Stephen: “Los
Indígenas Enxet: condiciones laborales”, supra nota 40, folio 3678.
45
Cfr. Caso de la Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay, supra nota 20, párr. 73.1, y Caso
de la Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay, supra nota 5, párr. 50.10.
46
Cfr. Peritaje de Rodolfo Stavenhagen, supra nota 17, folio 623, y peritaje de Sergio Iván Braticevic,
supra nota 17, folios 4238, 4240 y 4251.
47
Cfr. Peritaje de José Alberto Braunstein, supra nota 22, folio 279.
48
Cfr. Peritaje de José Alberto Braunstein, supra nota 22, folio 279; peritaje de Rodolfo Stavenhagen,
supra nota 17, folios 620 a 651, y Kidd, Stephen. Los Indígenas Enxet: condiciones laborales, supra nota 40,
folio 3678.
16