8
i.
ii.
iii.
iv.
v.
En el año 2014 se realizaron 15 operativos de revisión en el Complejo
de Curado, los cuales consistieron en barridos en los pabellones y las
celdas del Complejo en busca de armas, drogas, entre otros;
En enero de 2015 fue instalado el servicio de video monitoreo dentro
del Complejo de Curado;
De enero a marzo de 2015 fueron incautados en Curado, entre otros,
10 kg de marihuana, 1.38 kg de crack; 12 psicoactivos; 10 litros de
bebidas alcohólicas industrializadas; 3 litros de bebidas alcohólicas
artesanales; 623 cuchillos; 566 lanzas; 1 arma de fuego; 297 aparatos
celulares; 36 chips para celular; y 269 cargadores de aparatos
celulares;
De mayo a junio de 2015 fueron aprehendidos, entre otros, 76
machetes
(facões)
industrializados;
136
cuchillos
(facas)
industrializadas; 19 machetes (facões) artesanales; 103 cuchillos
(facas) artesanales; 24 hoces artesanales; 150 aparatos celulares; 157
cargadores de celular; 614 litros de cachaça artesanal; 41 litros de
pegamento para zapatos; 6 balanzas de precisión; 23 barrotes de
madera; 260g de marihuana; 93 pastillas de psicotrópicos; 16 barras
de fierro, y 3 puñales;
Fueron instalados un alambrado más alto y mallas de protección para
evitar el lanzamiento de objetos adentro del Complejo. Asimismo, el
Estado incremento la regularidad de las revisiones de celdas y
detenidos.
18.
Los representantes expresaron su preocupación por las más de 1,000 armas
decomisadas dentro del Complejo de Curado en el año de 2015, incluyendo
machetes, cuchillos y hoces. Según los representantes, hasta los “chaveiros” usan
machetes en la cintura durante sus rondas. Habría un comercio establecido de
armas dentro del Complejo de Curado, donde se vendería un cuchillo por R$ 300,00
(trecientos reales) y una pistola por R$ 10.000,00 (diez mil reales). Solicitaron que
el Estado investigue el comercio de armas dentro de Curado y la complicidad de
funcionarios.
19.
La Comisión señaló la necesidad de un control efectivo de la entrada y
comercio de armas dentro del Complejo a través de investigaciones realizadas por
autoridades estatales independientes, en particular sobre la complicidad de agentes
penitenciarios.
20.
En su Resolución de 22 de mayo de 2014 la Corte destacó que el Estado
debía asegurar que las requisas fueran realizadas correcta y periódicamente,
destinadas a la prevención de la violencia y la eliminación del riesgo, en función de
un adecuado y efectivo control al interior de los pabellones por parte de la guardia
penitenciaria, y que los resultados de estas requisas fueran debida y
oportunamente comunicados a las autoridades competentes 10. Al respecto, el
Estado ha informado sobre los resultados de las requisas realizadas y sobre algunas
medidas tomadas para evitar la entrada de armas, otros objetos ilegales y drogas
al Complejo Penitenciario de Curado. Pero la propia información aportada por el
Estado demuestra la completa falta de eficacia de las medidas adoptadas hasta el
10
Cfr. Asunto de las Penitenciarías de Mendoza. Medidas Provisionales respecto de Argentina. Resolución
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 26 de noviembre de 2010, Considerando
quincuagésimo segundo, y Asunto del Complejo Penitenciario de Curado respecto de Brasil. Resolución
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de mayo de 2014, Considerando 16.