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166. Asimismo, la Corte ha constatado que en la declaración rendida por el señor Vélez
Restrepo en agosto de 1997 ante la Fiscalía que estaba a cargo de esa investigación, éste
manifestó que creía que las amenazas “[tenían] relación con los hechos ocurridos en el
Caquetá el 29 de agosto de [1996]” (supra párr. 117), por los cuales se había instaurado
una denuncia. El señor Vélez Restrepo explicó las consecuencias que dichas amenazas
tuvieron en su vida y la de su familia. Ante la pregunta de si “ha[bía] vuelto a recibir
amenazas”, el señor Vélez Restrepo explicó que en los últimos seis meses no recibió
amenazas y se refirió a las que había recibido con anterioridad.
167. El Tribunal encuentra que carece de sustento la afirmación del Estado de que no hay
prueba del referido nexo, cuando es al Estado a quien correspondía investigar en la
jurisdicción penal esa posible relación y no lo hizo. La Corte resalta la gravedad de esta
omisión, siendo que las amenazas dieron inicio menos de un mes después de que ocurriera
el hecho, aceptado por el Estado, de la agresión contra el señor Vélez Restrepo con el fin de
impedirle que grabara y difundiera la actuación de militares que agredieron a personas
indefensas. El propio Estado resaltó que la grabación de las referidas agresiones fue
difundida por los medios de comunicación, “movilizó a todos los medios de prensa a
pronunciarse” e incluso conllevó que altas autoridades estatales rechazaran públicamente
tal actuar y afirmaran que debía ser sancionado. Era lógico y congruente presumir que las
amenazas, hostigamientos e intento de privación de la libertad podrían provenir de las
mismas personas interesadas en no ser sancionadas por tales agresiones.
168. Un segundo elemento de convicción lo constituye los indicios que surgen de la
coincidencia temporal entre la frecuencia e intensificación de las amenazas y las acciones
del señor Vélez Restrepo para que se investigara y sancionara a los militares que lo
agredieron el 29 de agosto de 1996. Aproximadamente a mediados de septiembre de 1996
el señor Vélez Restrepo rindió declaración en la investigación penal que se adelantaba ante
la jurisdicción militar por la agresión del 29 de agosto de 1996 (supra párr. 106) y ese
mismo mes empezó a recibir las amenazas de muerte y hostigamientos, así como también
se presentaron en su domicilio hombres que dijeron ser funcionarios de la Procuraduría pero
no mostraron identificación alguna, y preguntaron por sus horarios y actividades (supra
párrs. 85 y 86). Esta situación llevó al señor Vélez y a su esposa a tomar la decisión de
cambiarse de lugar de vivienda, con lo cual dejaron de recibir amenazas en el domicilio,
aunque continuaron las llamadas al trabajo del señor Vélez Restrepo. Entre marzo y agosto
de 1997 no recibieron amenazas. Así lo manifestó el señor Vélez cuando rindió declaración
en ese mes de agosto ante la Fiscalía a cargo de la investigación penal por el delito de
amenazas. En esa declaración el señor Vélez explicó que consideraba que las anteriores
amenazas tenían relación con haber denunciado la agresión del 29 de agosto de 1996.
Después de rendir esta declaración, en septiembre el señor Vélez y su familia volvieron a
recibir amenazas de muerte y una nueva visita en su domicilio por hombres que dijeron ser
funcionarios de la Procuraduría (supra párr. 89). Este nuevo conjunto de amenazas y
hostigamientos fue denunciado tanto por la Comisión Colombiana de Juristas (supra párr.
90) como por el señor Vélez Restrepo, quien incluso se presentó de forma personal a la
Consejería para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República el 3 de octubre de
1997. Dos días después recibió una amenaza de muerte escrita, que le causó “mucho temor
de que algo iba a pasar” y, al día siguiente, sufrió un intento de privación de su libertad
(supra párr. 94).
169. El Tribunal nota que el período de aproximadamente seis meses en que el señor
Vélez Restrepo y su familia no recibieron amenazas coincide con que, de acuerdo al acervo
probatorio aportado a este Tribunal, el señor Vélez Restrepo no rindió declaraciones ni