(infra punto resolutivo 3), respecto a las cuales se solicitó al Estado que presente un
informe (supra Visto 3).
A. Publicación y difusión de la Sentencia y su resumen oficial
2.
La Corte considera que Ecuador ha dado cumplimiento parcial a las medidas
relativas a la publicación y difusión de la Sentencia ordenadas en el punto resolutivo
octavo y en el párrafo 117 de la misma, ya que ha constatado 4 que publicó: a) el
resumen oficial de la Sentencia en el Registro Oficial 5, y b) el texto integral de la
Sentencia en el sitio web oficial de la Policía Nacional 6, la cual deberá permanecer
disponible al menos por un año, hasta el 8 de junio de 2023, conforme a lo ordenado en
el referido párrafo 117. Se encuentra pendiente la publicación del resumen oficial de la
Sentencia en un diario de amplia circulación nacional, cuyo plazo de cumplimiento venció
el 7 de abril de 2022, por lo que este Tribunal requiere al Estado dar pronto cumplimiento
a este extremo de la medida y presentar información actualizada en el informe requerido
el 14 de marzo (supra Visto 3).
B. Acto público de reconocimiento de responsabilidad
3.
Con base en la información aportada por el Estado en diciembre de 2022 7, así
como las observaciones de la representación de las víctimas 8, la Corte constata que el
10 de noviembre de 2022 se llevó a cabo el acto público de reconocimiento de
responsabilidad internacional ordenado en la Sentencia 9, el cual cumplió con los
requerimientos ordenados. Contó con la participación de las víctimas (madre y hermano
de Gustavo Garzón) y su representación, así como con la participación de altas
autoridades del Estado 10. El Director Nacional de Asesoría Jurídica de la Comandancia
General de la Policía “presentó el reconocimiento internacional del Estado” y “pidió
disculpas públicas por las vulneraciones de derechos reconocidas por la Corte”.
Asimismo, la Directora de Protección, Reparación Integral y Autoridad Central de la
Con base en los comprobantes aportados por el Estado.
El Estado realizó dicha publicación el 13 de abril de 2022. Además, indicó que la misma se podía
https://www.registroficial.gob.ec/index.php/registro-oficialconsultar
en
el
siguiente
enlace:
web/publicaciones/suplementos/item/16477-segundo-suplemento-al-registro-oficial-no-42. Cfr. Copia de la
portada del Segundo Suplemento del Registro Oficial del Ecuador No. 42 de 13 de abril de 2022 (anexo al
informe estatal de 20 de octubre de 2022) e informes estatales de 20 de octubre y 19 de diciembre de 2022.
6
En su informe de 8 de junio de 2022 el Estado informó que “la publicación de la [S]entencia íntegra
en un sitio web oficial del Gobierno Nacional […] fue realizada en el sitio web oficial de la Policía Nacional” en
el siguiente enlace: https://www.policia.gob.ec/resoluciones/. Al respecto, la última vez que dicha página fue
visitada, se pudo constatar que la misma arrojaba un error. No obstante, esta Corte nota que el texto íntegro
de la Sentencia se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.policia.gob.ec/sentencias/
(visitada por última vez el 26 de junio de 2023). Sin perjuicio de esto último, se recuerda que no le debe
corresponder a este Tribunal dicha tarea, sino que es el Estado el que tiene la responsabilidad de indicar los
enlaces y aportar los comprobantes correspondientes.
7
Cfr. Informe relativo al “Acto público de Reconocimiento de Responsabilidad Internacional en el marco
de la [S]entencia del [C]aso Garzón Guzmán [V]s. Ecuador” (anexo al informe estatal de 19 de diciembre de
2022).
8
La representación de las víctimas afirmó que el Estado “brindó total apertura para que la familia
participe en el mismo, desde la designación del lugar, la fecha alusiva al recordatorio de la desaparición, [y]
la participación de familiares y amigos que recordaron quien era Gustavo Garzón”. Cfr. Escrito de
observaciones de la representación de las víctimas de 22 de febrero de 2023.
9
El Estado informó que el mismo “se realizó […] en el Auditorio de CIESPAL ubicado en […] la ciudad
de Quito provincia de Pichincha, de acuerdo a lo solicitado específicamente por las víctimas”.
10
Participaron de dicho acto: (i) por el Ministerio del Interior, la Viceministra de Seguridad Ciudadana;
(ii) por la Fiscalía General del Estado, el Director Nacional de Derechos Humanos; (iii) por la Policía Nacional,
el Director Nacional de Asesoría Jurídica de la Comandancia General, y (iv) por la Secretaría de Derechos
Humanos, la Subsecretaria de Derechos Humanos encargada y la Directora de Protección, Reparación Integral
y Autoridad Central.
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