-90hubiesen ocasionado directamente la muerte o lesiones a los pobladores de las comunidades de la Cuenca del Río Cacarica; c) está en discusión si efectivamente las Fuerzas Armadas Colombianas bombardearon o ametrallaron el sito de la Loma de Cacarica situado en las cercanías de Puente América, y d) no fue aportada ninguna evidencia que indique la presencia de personas o bienes civiles en el lugar del ataque correspondiente al objetivo N°5: Teguerré. 239. Por tanto, el Tribunal considera que no han sido presentadas evidencias que permitan concluir que los objetivos de los bombardeos de la Operación Génesis hayan incluido población o bienes de carácter civil. El hecho de que el objetivo N°5 (Teguerré) se encontrara ubicado dentro del Consejo Comunitario de la Cuenca del Río Cacarica, no implica necesaria o automáticamente la violación al principio de distinción, ni tampoco que el Estado estuviera impedido per se para llevar a cabo operaciones de contrainsurgencia en este territorio, salvo si el ataque a este objetivo hubiera implicado un ataque directo a poblaciones o bienes civiles lo cual, como ya se señaló, no se encuentra acreditado. 240. Con base en lo anterior, y específicamente en relación con los bombardeos realizados en oportunidad del desarrollo de la Operación Génesis, se concluye que el Estado no es responsable por la violación de los derechos a la vida y a la integridad personal, reconocidos en los artículos 4 y 5 de la Convención. B.2. Alegada responsabilidad del Estado en las incursiones paramilitares a la cuenca del Cacarica y, por ende, en la que ocasionaron una alegada posible violación de los derechos a la vida e integridad personal del señor Marino López, las cuales, y a su vez, habrían conllevado el desplazamiento forzado de miembros de las comunidades del Cacarica, en alegada violación de los derechos a la integridad personal y a no ser desplazado. 241. Son hechos no controvertidos: a) que a partir del 24 de febrero de 1997 fue iniciada la Operación Génesis, durante la cual habrían sido atacados por lo menos siete de los ocho objetivos designados en la orden de operaciones 004 (supra párr. 101); b) que los paramilitares del “Grupo Chocó” se hicieron presentes en Bijao y dieron muerte a Marino López el 27 de febrero de 1997 (supra párr. 108); c) que los paramilitares ordenaron a las poblaciones del Cacarica que dejaran sus propiedades y se desplazaran (supra párr. 102); d) que en un período de tiempo que coincidió con parte del desarrollo de la Operación Génesis, un número importante de pobladores de la Cuenca del Cacarica tuvo que desplazarse hacia Turbo, Bocas de Atrato y Panamá (supra párr. 111), y e) que el comandante de la Brigada XVII que tuvo participación en los hechos, fue condenado en primera instancia por el homicidio de Marino López en calidad de autor mediato (supra párr. 179). 242. Con respecto a la planeación y desarrollo de la llamada “Operación Cacarica”, así como a la presunta responsabilidad del Estado en relación con la muerte de Marino López, el Tribunal reitera que existen dos versiones de lo ocurrido, que se desprenden tanto de la prueba que obra en el expediente, como de los alegatos de las partes y de la Comisión (supra párrs. 103 a 106). 243. Por un lado, la versión presentada por los representantes y la Comisión indica que, simultánea y coordinadamente a la operación “Génesis”, los grupos paramilitares de las ACCU, en el desarrollo de la llamada “Operación Cacarica”, emprendieron un avance de norte a sur desde el Parque Nacional de los Katios a lo largo del río Cacarica, pasando por Bijao y otras comunidades ubicadas en la ribera de ese río, para finalmente llegar a las riberas de los ríos Salaquí y Truandó, donde habrían desarrollado operaciones conjuntas con el Ejército. Del mismo modo, parte de la prueba que obra en el expediente indicaría que la ejecución de la “Operación Génesis” fue simultánea y coordinada con la acción de los paramilitares (supra párr. 104). 244. Por otra parte, la versión del Estado sostiene que las Fuerzas Armadas no sólo no bombardearon la cuenca del río Cacarica sino que además no se hicieron presentes en esa zona geográfica, y que la Guerrilla de las FARC sería responsable por los desplazamientos forzados

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