RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 15 DE ABRIL DE 2010 SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES PRESENTADA POR LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RESPECTO DE VENEZUELA ASUNTO BELFORT ISTÚRIZ Y OTROS VISTO: 1. El escrito de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) de 26 de febrero de 2010 y sus anexos, mediante los cuales sometió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) una solicitud de medidas provisionales, de conformidad con los artículos 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) y 27 del Reglamento de la Corte1 (en adelante “el Reglamento”), con el propósito de que la República Bolivariana de Venezuela (en adelante “el Estado” o “Venezuela”) proteja el derecho a expresarse libremente de los señores Raiza Elizabeth Istúriz de Belfort, Nelson Enrique Belfort Istúriz, Antonio José Belfort Istúriz, Zayra Adela Belfort Istúriz y Luis Miguel Belfort, y de los señores William Echeverria, Beatriz Alicia Adrián García, Leopoldo Castillo Atencio y María Isabel Párraga (en adelante “los propuestos beneficiarios”), “manteniendo al aire las estaciones radiales que integran el ‘Circuito Nacional Belfort’ y que fueron clausuradas por el Estado, hasta tanto no se resuelva lo pertinente en el sistema interamericano”. Las emisoras que integran dicho circuito incluirían Caraqueña Radioemisora (en Caracas), Falconiana Radioemisora (en Punto Fijo), Máxima Junín (en Rubio), Zuliana Radioemisora (en Maracaibo) y Valenciana Radioemisora (en Valencia). 2. Los hechos alegados por la Comisión como fundamento de su solicitud de medidas provisionales, a saber: a) “[e]l 3 de julio de 2009 el Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda[,] luego de anunciar el inicio de un proceso de democratización del espectro radioeléctrico y de la necesidad de frenar a medios que buscaban desestabilizar a Venezuela, indicó que la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (en adelante “CONATEL”) llevaría a cabo un proceso para establecer la posible revocatoria de las concesiones otorgadas a 240 emisoras de radio que no cumplían con la ley. Este anuncio estuvo seguido de la decisión de ordenar la suspensión de la trasmisión de 34 radioemisoras, 5 de las cuales hacían parte del llamado ‘Circuito Nacional Belfort’”; 1 2009. Aprobado por la Corte en su LXXXV Período Ordinario de Sesiones celebrado del 16 al 28 de noviembre de

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