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denuncias (sólo se acude a la policía para denunciar delitos graves), poca cooperación
entre policías y ciudadanos, así como una mayor conflictividad y rechazo hacia la
presencia policial. […] Este tipo de grupos, de marcado carácter para-militar, son
absolutamente ineficaces para las labores policiales regulares, mientras que, por el
contrario, debido a la cultura para-militar que se fomenta entre sus miembros, el intenso
corporativismo que favorece la complicidad y el encubrimiento, su autonomización del
resto de la organización policial, y su alto poder de fuego y capacidad de uso de la fuerza
física, se asocian con casos graves de abuso, delito y violación a los derechos
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humanos” .
52. Por otra parte, la Defensoría del Pueblo de Venezuela, en su Informe Anual de 2001,
indicó que respecto del estado de Aragua:
“los modos de actuación más comunes son: la persona es solicitada y se entrega
voluntariamente en presencia de testigos, posteriormente aparece muerta con varios
impactos de bala. Se han encontrado cadáveres en los cuales los estudios forenses
reflejan heridas y marcas visibles en partes del cuerpo, lo que indica la aplicación de
algún tipo de tortura física antes de ser ajusticiados. También es común la tortura
psicológica, la amenaza de muerte y el posterior cumplimiento de la misma, al igual que
el hostigamiento del grupo familiar de la víctima. […] La Defensoría del Pueblo atendió
durante [el] período [2000 a 2001], 30 denuncias de ejecuciones extrajudiciales
ocurridas en presuntos "enfrentamientos policiales". Por otra parte, se denunció ante la
institución la desaparición forzada de dos personas. Para el momento de cierre de la
investigación aún no se conocía el paradero de éstas. El cuerpo policial que presenta
mayores denuncias por presuntos ajusticiamientos es la Policía del estado Aragua, con
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un total de 23 víctimas” .
53. A su vez, en el Informe Anual del Fiscal General de la República del año 2006,
presentado a la Asamblea Nacional el 9 de agosto de 2007, se indicó que en el período de
2000 a 2007 existían 6405 casos de violación de derechos humanos, delito de homicidio,
enfrentamientos o ajusticiamientos, de los cuales solo existían 436 acusaciones 57.
54. Adicionalmente, el perito Calixto Ávila reseñó que la Comisión de Política y Derechos
Humanos de la Asamblea Legislativa del Estado Aragua interpeló a los comandantes de la
Policía del Estado Aragua por más de cuarenta denuncias de violaciones a los derechos
humanos 58. A su vez, los datos recolectados por la ONG venezolana denominada Programa
de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) señalan que entre octubre de 1994 y
septiembre de 1996 se registraron 272 muertes producidas por las actuaciones ilegales de
funcionarios policiales 59.
55. En consecuencia, la Corte estima que de los informes y estudios aportados al acervo
probatorio se desprenden elementos de convicción suficientes que permiten concluir que en
Venezuela, durante la época de los hechos del presente caso, existía una seria problemática
de abusos policiales, localizada en diversos estados, incluyendo el estado de Aragua.
B. Las amenazas recibidas por parte de agentes policiales
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De acuerdo con el estudio de Comité de Familiares de las Víctimas (COFAVIC) sobre las ejecuciones denunciadas
entre 2000 y 2002 (los llamados “grupos de exterminio”), en la mayoría de los casos los responsables o sospechosos
pertenecían a algún grupo comando de la policía. Cfr. Comisión Nacional para la Reforma Policial (CONAREPOL).
Características de la Policía Venezolana (anexos al ESAP folios 6201, 6212, 6214).
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Defensoría del Pueblo de Venezuela, Informe Anual 2001 (anexos al ESAP, folio 3201).
57
Cfr. Informe Anual del Fiscal de la República de 2007 (anexos al ESAP, folio 6512).
58
Cfr. Declaración del perito Calixto Ávila de 29 de enero de 2014 (expediente de fondo, folio 891).
59
Cfr. Informe Anual de PROVEA de octubre de 1994 a septiembre de 1996 (anexos al ESAP, folios 5938 y 6014).