9
3.
De conformidad con lo señalado en los Considerandos 21 y 33 de la presente
Resolución, se encuentran pendientes de cumplimiento los siguientes puntos resolutivos de
la Sentencia:
a)
concluir el procedimiento penal iniciado por los hechos que generaron las
violaciones del presente caso y resolverlo en los términos que la ley prevea (punto
resolutivo décimo de la Sentencia), y
b)
incorporar, en la medida en que no lo haya hecho, a los miembros de las
fuerzas de seguridad, de los órganos de investigación y de la administración de
justicia en las actividades de difusión y formación sobre la prevención de la tortura y
los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (punto resolutivo décimo
tercero de la Sentencia).
4.
Mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los puntos
pendientes de acatamiento señalados en los puntos declarativos segundo y tercero.
Y RESUELVE:
5.
Requerir a la República Argentina que adopte todas las medidas que sean necesarias
para dar efectivo y pronto acatamiento a los puntos pendientes de cumplimiento, señalados
en los puntos declarativos segundo y tercero supra, de conformidad con lo estipulado en el
artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
6.
Solicitar a la República de Argentina que, a más tardar el 14 de marzo de 2011,
presente un informe detallado sobre las medidas adoptadas para cumplir con las
reparaciones ordenadas que se encuentran pendientes de cumplimiento, en términos de lo
establecido en los Considerandos 7 a 33 de esta Resolución. Posteriormente, la República
Argentina debe continuar presentando un informe de cumplimiento cada tres meses.
7.
Solicitar a los representantes de la víctima y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos que presenten las observaciones que estimen pertinentes a los informes
de la República Argentina referidos en el punto resolutivo sexto de esta Resolución, en los
plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción de los
mismos.
8.
Continuar supervisando los puntos de la Sentencia pendientes de cumplimiento.
9.
Solicitar a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución a la
República Argentina, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los
representantes de la víctima.
Diego García-Sayán
Presidente