8. Sumado a los alegados altos niveles de hacinamiento, la Comisión hizo referencia a la existencia de otros factores de riesgo como la falta de un plan de extinción de incendios. A.2. Las condiciones de detención de los propuestos beneficiarios 9. Respecto a las condiciones de detención de las personas privadas de libertad encontradas durante las visitas de inspección realizadas por la representación, la Comisión destacó las siguientes: a) Las personas privadas de libertad ven el sol de una a dos veces al mes dependiendo de la celda. Al respecto se identificó que una persona llevaba más de ocho meses sin poder ver el sol. b) Las celdas presentaban infiltraciones con inundaciones en los días de lluvia. c) Las personas privadas de libertad dormían sobre colchones mojados. d) Los colchones eran insuficientes y se encontraban sucios; e) El acceso al agua estaría disponible tres veces al día; f) Se ha informado sobre la presencia de heces de palomas en el agua; g) Habría precario suministro de material de higiene; h) En las celdas solo habría cañerías de ducha, y i) La comida servida llega estropeada la mayor parte del tiempo, su calidad es muy baja y no hay un adecuado ambiente para comer. Al respecto, la última comida se sirve a las 15:00 horas, dejando a las personas privadas de libertad sin alimentos a partir de las 16:00. 10. La Comisión advirtió que el Estado no ha desvirtuado la información respecto de las condiciones de detención descritas en el párrafo anterior. 11. La Comisión, además, indicó que el edificio de la PEM fue originalmente un depósito de tanques del ejército y fue improvisado para custodiar personas privadas de libertad, sin que la infraestructura actual refleje las condiciones adecuadas para las personas encarceladas. Sobre el particular, la Comisión informó que el Estado ha realizado proyectos para renovar la Penitenciaría, sin embargo, dichos planes no se habrían materializado más allá de algunas reformas puntuales, como la celda C2, y el reemplazo de parte del techo, mejoras en el patio de visitas y en el área de asistencia legal. A.3. Las muertes y la situación de salud de los propuestos beneficiarios 12. La Comisión observó con preocupación el deceso de al menos 50 personas privadas de libertad en la PEM, desde el otorgamiento de las medidas cautelares, y advirtió que las muertes ocurridas fueron registradas, en su mayoría, como “muertes naturales”, sin mayores precisiones, mientras que otras fueron registradas como resultado de “enfermedad”. En algunos casos se registró la “causa probable” de la muerte. Sobre el particular, la Comisión identificó que el Estado no proporcionó información sustantiva sobre la causa de ninguna de las 50 muertes reportadas por la representación. En efecto, señaló que, en 2020, el Estado se limitó a señalar que, de las diez personas privadas de libertad que fallecieron en aquel momento, “dos tenían enfermedades crónicas, cuatro tenían menos de un mes de ingreso a la unidad, cuatro tenían menos de cinco meses y otras dos tenían nueve y diez meses de ingreso, respectivamente”. Adicionalmente, resaltó la gravedad de los alegatos de la representación respecto de jóvenes en condiciones de aparente normalidad de salud que han fallecido a causa de enfermedades bajo custodia del Estado, sin que éste haya brindado información detallada al respecto. Asimismo, la Comisión indicó que el alto y frecuente número de muertes registradas también está relacionado con la falta de acceso a una atención de salud adecuada, oportuna y especializada. 13. Por otra parte, si bien la Comisión valoró positivamente la instalación, en septiembre de 2020, de un equipo de la Política Nacional de Atención Integral a la Salud de las Personas Privadas de Libertad en el Sistema Penitenciario (en adelante, “la PNAISP”) en la PEM, ello no habría sido suficiente para evitar la muerte de personas privadas de libertad en la unidad, además de que la composición actual del equipo sería insuficiente para atender a la población carcelaria. 14. Sumado a lo anterior, la Comisión señaló que es más grave aún la atención de salud que se brinda en casos de urgencia y emergencia. Sobre el particular, indicó que los casos más complejos y/o de emergencia dependerían de la asistencia externa y que es necesario esperar a que el Servicio de Operaciones Especiales (en adelante “SOE”) realice el transporte de las 3

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