25/10/1975. En el mismo día, con diferencia de 15 horas, sería encontrado muerto
por sus carceleros, ahorcado con un cinto de overol de presidiario, con los pies
apoyados en el suelo, en suspensión incompleta. Sus compañeros de detención
fueron unánimes al declarar que el overol obligatorio para todos ellos no incluía un
cinturón.
Esa farsa terminó por ser desenmascarada cuando se hicieron públicas las
declaraciones de George Duque Estrada y Leandro Konder, periodistas detenidos en
el mismo lugar, quienes testimoniaron haber escuchado los gritos de Herzog siendo
torturado. Evidencias incuestionables de tortura fueron identificadas por el comité
funerario judaico, responsable de la preparación del cuerpo para el entierro. Por esa
razón Herzog no fue enterrado en el área del cementerio destinada a los suicidas,
conforme a los preceptos religiosos del judaísmo. Finalmente, las afirmaciones
contradictorias de los médicos legistas Harry Shibata, Arildo de Toledo Viana y
Armando Canger Rodrígues, durante la acción judicial iniciada por la familia también
contribuyeron a desmontar la falsa versión del suicidio. Cuando los medios recibieron
la noticia de la muerte, los periodistas paralizaron muchas redacciones en São Paulo,
debiendo los responsables de las empresas negociar para que los profesionales
garantizasen la edición del día siguiente. El sindicato de periodistas declaró vigilia
permanente y fue convocada una celebración religiosa en la Catedral, que el
Comandante del II Ejército, General Ednardo D´ Avila Melo intentó impedir cerrando
las avenidas que conducen al centro de São Paulo. No obstante miles de personas se
aglutinaron en el templo abarrotado, ocupando parte de la plaza durante el culto
ecuménico llevado adelante por el Cardenal Don Paulo Evaristo, el rabino Henry Sobel
y el Reverendo Jaime Wright, hermano del desaparecido político Paulo Stuart Wright.
En 1978, una decisión judicial declaró a la Unión responsable por su muerte. A partir
de lo anterior, el trámite del proceso referente a Herzog en la CEMDP, no tuvo
controversia, siendo el requerimiento aprobado por unanimidad en los primeros
meses de la Comisión Especial. Lamentablemente, el informe presentado por el
Ministerio de la Marina, presentado al Ministro de Justicia Mauricio Correa, en 1993,
cuando el Estado democrático de derecho completaba ya cinco años de vigencia plena
en nuestro país, prefirió mantenerse fiel a la versión del régimen dictatorial: “se
suicidó el 25 de octubre de 1975, por ahorcamiento, en el interior de la celda que
ocupaba en el DOI – CODI del II Ejército, según lo especificado en IPM y laudos
elaborados por órganos competentes de la Secretaría de Seguridad Pública de São
Paulo.”
En 1979, en homenaje a Vlado –como era conocido por sus colegas, el Sindicato de
Periodistas Profesionales del Estado de São Paulo creó el Premio periodístico Vladimir
Herzog de Amnistía y Derechos Humanos.”113
J.
Actuación del Ministerio Público Federal (Proceso No. 2008.61.81.013434-2)
152. En razón de los hechos reportados en el informe de la CEMDP, el 21 de noviembre de
2007 el abogado Fábio Konder Comparato requirió al Ministerio Público Federal que
investigara los abusos y actos delictivos contra opositores políticos del régimen militar, por
entender que el marco jurídico actual genera sobre el Estado la obligación de investigar y
sancionar los crímenes de lesa humanidad que se hubieran cometido114.
153. La solicitud fue inicialmente analizada por miembros del Ministerio Público Federal sin
prerrogativa penal. Es así que la Procuradora de la República Eugenia Augusta Gonzaga
Favero y el Procurador Regional de la República Marlon Alberto Weichert solicitaron el 5 de
113
Direito à Memória e à Verdade: Comissão Especial sobre Mortos e Desaparecidos Políticos (expediente de
prueba, folios 405 a 407).
114
Presentación de Fabio Konder Comparato en la Procuradoria de la República, São Paulo, 19 de noviembre de
2007). (expediente de prueba, folios 3521 a 3527).
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