55
“heridas por [proyectil de arma de fuego] en cabeza, tórax y miembro superior izquierdo” 179.
Además, se dispuso que especialistas en dactiloscopía realizaran la identificación de los cadáveres y
se ordenó la inscripción de las partidas de defunción de los fallecidos 180.
172. Los cuerpos de los emerretistas fueron inhumados el 24 de abril de 1997 por oficiales de la
Policía Nacional del Perú en diferentes cementerios de la ciudad de Lima 181, sin dar aviso a los
familiares de los mismos182. La mayoría fueron inhumados como NN, a excepción de tres, que sí
lograron ser identificados, entre los cuales figura Eduardo Nicolás Cruz Sánchez 183. Se realizó
también la inscripción de las respectivas partidas de defunción 184.
173. El 30 de abril de 1997 el Comandante General de la Primera División de las Fuerzas
Especiales elaboró un informe sobre la ejecución del Plan de Operaciones “Chavín de Huántar” 185.
G. Investigación de los hechos e inicio del proceso penal ante el fuero común
174. El 18 de diciembre de 2000 se publicaron en la prensa peruana y, en concreto, en el
periódico “El Comercio”, unas declaraciones del ex rehén Hidetaka Ogura en las que afirmaba haber
visto que tres miembros del MRTA fueron capturados vivos, pero que posteriormente el gobierno
había difundido que todos los emerretistas habían muerto en combate 186. A raíz de dichas
179
Necropsia parcial preferencial No. 10 de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo II, anexo 16 al
sometimiento del caso, folio 760).
180
Cfr. Acta de identificación y levantamiento de cadáveres de los emerretistas encontrados en la residencia del
Embajador de Japón de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo I, anexo 6 al sometimiento del caso, folios 123 a
124), y Peritajes dactiloscópicos N° 168-ND-DIVIPO, N° 169-ND-DIVIPO y N° 170-ND-DIVIPO de 24 de abril de 1997
(expediente de prueba, tomos XXVI y XXVII, pruebas de la CVR, folios 18935 a 18948). Véase también, Acta de entrega de
cadáveres, certificado de defunción y certificado de necropsia de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez (expediente de prueba,
tomo II, anexo 17 al sometimiento del caso, folios 770 a 773).
181
Cfr. Atestado Nro. 04-DIRPOCC-DIVAMP-PNP elaborado por la Policía Nacional del Perú de 2 de mayo de 2002
(expediente de prueba, tomo XXVI, pruebas de la CVR, folios 18093 a 18095); Declaración indagatoria rendida por William
Augusto Philips Sánchez ante la Fiscalía Provincial Especializada el 6 de marzo de 2001 (expediente de prueba, tomo XXVI,
pruebas de la CVR, folios 18793 a 18798), y Sentencia emitida por la Tercera Sala Penal Especial Liquidadora de la Corte
Superior de Justicia de Lima el 15 de octubre de 2012 (expediente de prueba, tomo XX, anexo a las observaciones de los
representantes a las excepciones preliminares del Estado, folios 13577 a 13578).
182
Excepto en el caso de Roli Rojas Fernández y Néstor Fortunato Cerpa Cartolini, cuyos cuerpos fueron entregados a
sus familiares. Cfr. Atestado Nro. 04-DIRPOCC-DIVAMP-PNP elaborado por la Policía Nacional del Perú de 2 de mayo de
2002 (expediente de prueba, tomo XXVI, pruebas de la CVR, folio 18094).
183
Estas tres personas fueron Roli Rojas Fernández, Néstor Fortunato Cerpa Cartolini y Eduardo Nicolás Cruz Sánchez.
Véase, Atestado Nro. 04-DIRPOCC-DIVAMP-PNP elaborado por la Policía Nacional del Perú de 2 de mayo de 2002
(expediente de prueba, tomo XXVI, pruebas de la CVR, folios 18093 a 18095); Peritajes dactiloscópicos N° 168-ND-DIVIPO,
N° 169-ND-DIVIPO y N° 170-ND-DIVIPO de 24 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomos XXVI y XXVII, pruebas de la
CVR, folios 18935 a 18948), y Actas de verificación de las tumbas de pertenecientes a los emerretistas de marzo de 2001
(expediente de prueba, tomo II, anexo 18 al sometimiento del caso, folios 777 a 788).
184
Cfr. Acta de identificación y levantamiento de cadáveres de los emerretistas encontrados en la residencia del
Embajador de Japón de 23 de abril de 1997 (expediente de prueba, tomo I, anexo 6 al sometimiento del caso, folios 123 a
124); Declaración indagatoria rendida por William Augusto Philips Sánchez ante la Fiscalía Provincial Especializada el 6 de
marzo de 2001 (expediente de prueba, tomo XXVI, pruebas de la CVR, folios 18793 a 18798), y Acta de entrega de
cadáveres, certificado de defunción y certificado de necropsia de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez (expediente de prueba,
tomo II, anexo 17 al sometimiento del caso, folios 770 a 773).
185
Cfr. Informe No. 01/1a Div FFEE Operación “Chavín de Huántar” (Operación de rescate de rehenes), abril 1997,
págs. 1 a 26 (expediente de prueba, tomo I, anexo 1 al sometimiento del caso, folios 41 a 67).
186
Cfr. Nota de prensa, titulada como “Emerretistas fueron capturados vivos”, aparecida en el diario “El Comercio” en
su edición de 18 de diciembre de 2000, que recogía declaraciones de Hidetaka Ogura (expediente de prueba, tomo VIII,
anexo 9 al escrito de solicitudes, argumentos y prueba, folio 5279).
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