la defensa del señor Gorigoitía contra la sentencia condenatoria de la Cámara Primera del Crimen
de Mendoza. Asimismo, concluye que el Estado es responsable por la violación al artículo 2 de la
Convención, como resultado de la regulación inconvencional del recurso de casación previsto en
el artículo 503 de la Ley No. 1908. Por otro lado, el Tribunal concluye que no es responsable por
la violación al artículo 25 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento,
y que no es responsable por la violación al artículo 28 de la Convención.
IX
REPARACIONES85
59. Sobre la base de lo dispuesto en el artículo 63.1 de la Convención Americana 86, la Corte ha
indicado que toda violación de una obligación internacional que haya producido daño comporta el
deber de repararlo adecuadamente, y que esa disposición recoge una norma consuetudinaria que
constituye uno de los principios fundamentales del Derecho Internacional contemporáneo sobre
responsabilidad de un Estado.
60. La reparación del daño ocasionado por la infracción de una obligación internacional requiere,
siempre que sea posible, la plena restitución (restitutio in integrum), que consiste en el
restablecimiento de la situación anterior87. De no ser esto factible, como ocurre en la mayoría de
los casos de violaciones a derechos humanos, este Tribunal determinará medidas para garantizar
los derechos conculcados y reparar las consecuencias que las infracciones produjeron 88. Por tanto,
la Corte ha considerado la necesidad de otorgar diversas medidas de reparación, a fin de resarcir
los daños de manera integral, por lo que además de las compensaciones pecuniarias, las medidas
de restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición tienen especial relevancia
por los daños ocasionados89.
61. Este Tribunal ha establecido que las reparaciones deben tener un nexo causal con los hechos
del caso, las violaciones declaradas, los daños acreditados, así como las medidas solicitadas para
reparar los daños respectivos. Por lo tanto, la Corte deberá observar dicha concurrencia para
pronunciarse debidamente y conforme a derecho90.
62. En consideración de las violaciones declaradas en el capítulo anterior, este Tribunal
procederá a analizar las pretensiones presentadas por la Comisión y los representantes, así como
los argumentos del Estado, a la luz de los criterios fijados en la jurisprudencia de la Corte en
relación con la naturaleza y alcance de la obligación de reparar, con el objeto de disponer las
medidas dirigidas a reparar los daños ocasionados a las víctimas91.
Aplicación del artículo 63.1 de la Convención.
Cfr. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de julio de 1989. Serie C
No. 7, párr. 26, y Caso Martínez Coronado Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de mayo de
2019. Serie C No. 376, párr. 90.
87
Cfr. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de julio de 1989. Serie C
No. 7, párr. 26, y Caso Martínez Coronado Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de mayo de
2019. Serie C No. 376, párr. 91.
88
Cfr. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de julio de 1989. Serie C
No. 7, párr. 26, y Caso Martínez Coronado Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de mayo de
2019. Serie C No. 376, párr. 91.
89
Cfr. Caso de la Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala, Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Serie C No. 211, párr. 226, y Caso Martínez Coronado Vs. Guatemala. Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de mayo de 2019. Serie C No. 376, párr. 91.
90
Cfr. Caso Ticona Estrada y otros Vs. Bolivia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de noviembre de
2008. Serie C No. 191, párr. 110, y Caso Martínez Coronado Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de
10 de mayo de 2019. Serie C No. 376, párr. 92.
91
Cfr. Caso Andrade Salmón Vs. Bolivia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de diciembre de 2016. Serie
C No. 330, párr. 189, y Caso Martínez Coronado Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de mayo
de 2019. Serie C No. 376, párr. 93.
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