- 11 – copia de dicho proyecto de ley. Entre las principales modificaciones que propone el proyecto de ley se encuentran las siguientes: i) establece como regla general la jurisdicción de los Tribunales Militares sobre militares para juzgar asuntos de jurisdicción militar, aunque reconoce excepciones a tal principio; ii) modifica la competencia en razón de la materia de los tribunales militares; iii) determina las personas a las que se considerará como militar para los efectos de la jurisdicción militar; iv) establece reglas de competencia entre la justicia militar y la justicia ordinaria; v) establece reglas para resolver los participación conjunta de civiles y militares; y casos de autoría y vi) elimina la pena de muerte del Código de Justicia Militar y del ordenamiento jurídico nacional. En el mensaje presidencial que acompaña al proyecto, se expresa que “[…] este proyecto es una solución parcial y prudente porque existe conciencia de que la reforma a la Justicia Militar debe ser más amplia que la que hoy se presenta [….]”, y que por ello “[…] en un acto administrativo paralelo al envío de este proyecto de ley, [se creó] por Decreto Supremo del Ministerio de Defensa Nacional la Comisión que estudiará [hasta] fines del 2007, la propuesta de reforma integral de la Justicia Militar que [la Presidenta de la República] enviar[á] al Congreso Nacional durante el 2008”. c) el 17 de octubre de 2007 se realizó en el Congreso Nacional la sesión inaugural de la Comisión de Estudios para la Reforma de la Justicia Militar, cuya misión es concretar en etapas la reforma integral al Código de Justicia Militar. El Estado informó que el Proyecto de ley presentado por el Ejecutivo en el mes de julio de 2007 constituyó la primera de cuatro etapas de trabajo de dicha Comisión. La segunda etapa se relaciona con la adecuación del derecho interno a las normas internacionales en aspectos tales como armamento prohibido, delitos de lesa humanidad, normas de derecho internacional humanitario, etc.; la tercera etapa versará sobre la reforma procesal militar “[…] procurando el establecimiento del debido proceso”; finalmente, la cuarta etapa abordará la reforma al derecho penal militar sustantivo, por medio de la adecuación de los tipos penales militares. El Estado adjuntó el Discurso del Ministro de Defensa Nacional expuesto en la sesión inaugural de dicha Comisión y una presentación del Subsecretario del Ejército ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, donde se profundiza la información sobre las etapas de trabajo para abordar los diversos aspectos relacionados con la reforma a la justicia militar.

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