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orientados a dar cumplimiento a este punto de la Sentencia. Finalmente, la Corte
estima conveniente recordar que la obligaciones convencionales de los Estados Partes
vinculan a todos los poderes y órganos del Estado y destaca que esta adecuación
normativa a estándares internacionales tiene especial relevancia para el derecho
interno del Estado y para el sistema regional de derechos humanos.
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27.
Que en relación con i) el deber de adecuar el ordenamiento jurídico interno a
los estándares internacionales sobre jurisdicción penal militar y el establecimiento, a
través de la legislación, de límites a la competencia material y personal de los
tribunales militares, y ii) el deber de garantizar el debido proceso en la jurisdicción
penal militar y la protección judicial respecto de las actuaciones de las autoridades
militares, el Estado informó que:
a) el 9 de enero de 2006 se realizó una reunión con la presencia de los
Ministros de Relaciones Exteriores, de Defensa y de Justicia, en la que se
acordó “la creación de un equipo de trabajo interministerial encargado de
organizar los trabajos de reforma” y que el 26 de enero del 2006 “se
constituyó una Comisión Especial encargada de analizar y formular una
reforma a la justicia penal militar”. Esta Comisión Especial quedó constituida
por representantes de los Ministerios del Interior, de Relaciones Exteriores, de
Justicia y de las Fuerzas Armadas y de Orden. De acuerdo a lo resuelto en su
sesión constitutiva, dicha Comisión “revisará los aspectos referidos al debido
proceso, independencia, imparcialidad y juzgamientos de civiles en la justicia
militar. Además, se abordará el procedimiento y la estructura orgánica de los
tribunales que componen la Justicia Militar”. El Estado informó que en su
segunda sesión, el 6 de abril de 2006, “se acordó invitar a expertos y a
algunos miembros de la Corte Suprema que preferentemente se [hubieran]
desempeñado en la Corte Marcial. Del mismo modo, se concluyó sobre la
necesidad de disponer de un estudio técnico de propuesta de análisis y reforma
de la competencia y procedimiento de la Justicia Militar”. El Estado indicó que
en el presente año “la Comisión [Especial] ha resuelto contratar los servicios
de expertos que evacuen informes sobre las diferentes materias que serán
objeto de las reformas” y que para el segundo semestre del año 2007, el
Estado esperaba contar “con una propuesta de dicha Comisión que permita
elaborar un proyecto de ley que incluya las materias que se han indicado más
arriba […]”.
b) el 3 de julio de 2007 ingresó a tramitación ante el Congreso Nacional, el
proyecto de ley remitido por la Presidenta de la República por el cual se
propuso la reforma al Código de Justicia Militar, “[…] limitando la competencia
de los Tribunales Militares y suprimiendo la pena de muerte”, y se adjuntó una