- 32 oposición y la conformación de una Comisión de Verificación por parte de la Junta Central Electoral de la República Dominicana93. 91. El alegado fraude electoral de 1994 “generó una crisis política y social de grandes magnitudes”94, lo cual no fue controvertido por el Estado ante esta Corte95. El Presidente Balaguer tuvo que reconocer la poca legitimidad de los comicios y firmar un acuerdo con los partidos de oposición, mediante el cual se comprometió a convocar nuevas elecciones presidenciales en 1996 y no en 1998 como correspondía. Dicho acuerdo fue firmado luego de que la referida Junta Central Electoral determinara que se había producido una falsificación del padrón electoral enviado a las mesas de votación96. B.3) Perfil de Narciso González Medina 92. Narciso González Medina nació el 29 de octubre de 1941 en la República Dominicana. Estaba casado con Luz Altagracia Ramírez, con quien tuvo cuatro hijos: Ernesto, Rhina Yocasta, Jennie Rosanna y Amaury, todos de apellidos González Ramírez. El señor González Medina padecía de una “enfermedad epiléptica refractaria”, debido a una lesión en el cerebro, por la cual debía tomar medicamentos diariamente97. 93. Narciso González Medina fue un reconocido activista y crítico del régimen dictatorial de Trujillo, así como de Joaquín Balaguer, bajo cuyo gobierno de los doce años (supra párr. 88) fue directivo de la Federación de Estudiantes Dominicanos, donde obtuvo el sobrenombre de “Narcisazo” con el cual se le conocía popularmente98. Era abogado y se destacó como profesor, impartiendo clases por más de treinta años en el Departamento de Letras de la Facultad de Humanidades de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (en adelante “UASD”)99. También fue asesor de grupos estudiantiles universitarios, así como de clubes culturales y populares100. 93 Cfr. “Observaciones electorales en República Dominicana 1994-1996”, supra nota 91, folios 3745 a 3747, y declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el perito Rafael Molina Morillo el 22 de junio de 2011 (expediente de fondo, Tomo III, folio 1084). 94 Declaración rendida por el perito Rafael Molina Morillo, supra nota 93, folio 1084. También, cfr. Nota de prensa publicada en la Revista Rumbo del 20 al 26 de julio de 1994 titulada “Convocarán a Huelga” (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Anexo 9, folio 4852). 95 Inclusive, en este sentido el Estado afirmó en sus alegatos finales escritos que “el profesor [Narciso González Medina] desapareció en un contexto sociopolítico de crisis post-electoral, ocasionada por el fraude electoral atribuido al ex-Presidente Joaquín Balaguer R.” 96 Cfr. Declaración rendida por el perito Rafael Molina Morillo, supra nota 93, folio 1085; declaración rendida por el perito José Antinoe Fiallo Billini, supra nota 85, folio 1170; nota de prensa publicada en la Revista Rumbo del 20 al 26 de julio de 1994 titulado “Contradicciones y nuevos giros en la crisis post-electoral” (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Anexo 9, folios 4854, 4856 y 4862), y artículo “Negotiated elections”, supra nota 86, folio 4896. 97 Cfr. Informe del doctor Santiago Valenzuela Sosa de 22 de junio de 1994 sobre el estado de salud de Narciso González Medina (expediente de anexos a la demanda, Anexo 5, folio 3759). Ver también: declaración de Luz Altagracia Ramírez rendida ante la Corte Interamericana en la audiencia pública del presente caso el 28 de junio de 2011, y declaración rendida por el doctor Valenzuela el 20 de septiembre de 2002 ante la Cámara de Calificación de Santo Domingo (donde aparece como “Ignacio Valenzuela”) (expediente de fondo, Tomo V, folios 1959 a 1961). 98 Cfr. Declaración rendida por el perito Robert Salvador Vargas, supra nota 90, folio 1178; declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el testigo Juan Bolívar Díaz Santana el 16 de junio de 2011 (expediente de fondo, Tomo III, folio 1125), y datos biográficos del Doctor Narciso González (Narcisazo), publicados en la Revista La Muralla (expediente de anexos a la demanda, Anexo 4, folio 3755). 99 Cfr. Declaración rendida por el perito Rafael Molina Morillo, supra nota 93, folio 1083; libro titulado “Narcisazo ¿Dónde estás?” de José Díaz (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Anexo 3, folio 4724), y resumen de la declaración rendida por Roberto José Santana Sánchez, entonces Rector de la UASD, el 14 de agosto de 1998 ante el Séptimo Juzgado de Instrucción, citada en la decisión de 24 de agosto de 2001 del Séptimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional. Resoluciones Nos. 195/2001 y 110-2001 (expediente de anexos a la

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