- 32 oposición y la conformación de una Comisión de Verificación por parte de la Junta Central
Electoral de la República Dominicana93.
91.
El alegado fraude electoral de 1994 “generó una crisis política y social de grandes
magnitudes”94, lo cual no fue controvertido por el Estado ante esta Corte95. El Presidente
Balaguer tuvo que reconocer la poca legitimidad de los comicios y firmar un acuerdo con los
partidos de oposición, mediante el cual se comprometió a convocar nuevas elecciones
presidenciales en 1996 y no en 1998 como correspondía. Dicho acuerdo fue firmado luego de
que la referida Junta Central Electoral determinara que se había producido una falsificación
del padrón electoral enviado a las mesas de votación96.
B.3) Perfil de Narciso González Medina
92.
Narciso González Medina nació el 29 de octubre de 1941 en la República Dominicana.
Estaba casado con Luz Altagracia Ramírez, con quien tuvo cuatro hijos: Ernesto, Rhina
Yocasta, Jennie Rosanna y Amaury, todos de apellidos González Ramírez. El señor González
Medina padecía de una “enfermedad epiléptica refractaria”, debido a una lesión en el cerebro,
por la cual debía tomar medicamentos diariamente97.
93.
Narciso González Medina fue un reconocido activista y crítico del régimen dictatorial de
Trujillo, así como de Joaquín Balaguer, bajo cuyo gobierno de los doce años (supra párr. 88)
fue directivo de la Federación de Estudiantes Dominicanos, donde obtuvo el sobrenombre de
“Narcisazo” con el cual se le conocía popularmente98. Era abogado y se destacó como
profesor, impartiendo clases por más de treinta años en el Departamento de Letras de la
Facultad de Humanidades de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (en adelante
“UASD”)99. También fue asesor de grupos estudiantiles universitarios, así como de clubes
culturales y populares100.
93
Cfr. “Observaciones electorales en República Dominicana 1994-1996”, supra nota 91, folios 3745 a 3747, y
declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el perito Rafael Molina Morillo el 22 de junio de 2011
(expediente de fondo, Tomo III, folio 1084).
94
Declaración rendida por el perito Rafael Molina Morillo, supra nota 93, folio 1084. También, cfr. Nota de
prensa publicada en la Revista Rumbo del 20 al 26 de julio de 1994 titulada “Convocarán a Huelga” (expediente de
anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Anexo 9, folio 4852).
95
Inclusive, en este sentido el Estado afirmó en sus alegatos finales escritos que “el profesor [Narciso
González Medina] desapareció en un contexto sociopolítico de crisis post-electoral, ocasionada por el fraude electoral
atribuido al ex-Presidente Joaquín Balaguer R.”
96
Cfr. Declaración rendida por el perito Rafael Molina Morillo, supra nota 93, folio 1085; declaración rendida
por el perito José Antinoe Fiallo Billini, supra nota 85, folio 1170; nota de prensa publicada en la Revista Rumbo del
20 al 26 de julio de 1994 titulado “Contradicciones y nuevos giros en la crisis post-electoral” (expediente de anexos
al escrito de solicitudes y argumentos, Anexo 9, folios 4854, 4856 y 4862), y artículo “Negotiated elections”, supra
nota 86, folio 4896.
97
Cfr. Informe del doctor Santiago Valenzuela Sosa de 22 de junio de 1994 sobre el estado de salud de Narciso
González Medina (expediente de anexos a la demanda, Anexo 5, folio 3759). Ver también: declaración de Luz
Altagracia Ramírez rendida ante la Corte Interamericana en la audiencia pública del presente caso el 28 de junio de
2011, y declaración rendida por el doctor Valenzuela el 20 de septiembre de 2002 ante la Cámara de Calificación de
Santo Domingo (donde aparece como “Ignacio Valenzuela”) (expediente de fondo, Tomo V, folios 1959 a 1961).
98
Cfr. Declaración rendida por el perito Robert Salvador Vargas, supra nota 90, folio 1178; declaración rendida
ante fedatario público (affidávit) por el testigo Juan Bolívar Díaz Santana el 16 de junio de 2011 (expediente de
fondo, Tomo III, folio 1125), y datos biográficos del Doctor Narciso González (Narcisazo), publicados en la Revista La
Muralla (expediente de anexos a la demanda, Anexo 4, folio 3755).
99
Cfr. Declaración rendida por el perito Rafael Molina Morillo, supra nota 93, folio 1083; libro titulado
“Narcisazo ¿Dónde estás?” de José Díaz (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Anexo 3, folio
4724), y resumen de la declaración rendida por Roberto José Santana Sánchez, entonces Rector de la UASD, el 14 de
agosto de 1998 ante el Séptimo Juzgado de Instrucción, citada en la decisión de 24 de agosto de 2001 del Séptimo
Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional. Resoluciones Nos. 195/2001 y 110-2001 (expediente de anexos a la
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