31.
Finalmente, los peticionarios alegaron la violación del derecho a la integridad personal en
perjuicio de los familiares del señor Escaleras Mejía: su esposa Martha Alvarenga Reyes, sus hijos Douglas
Arnaldo y Emerson Alexander Escaleras, y sus hermanos René Alberto y Eldyn Escaleras Mejía. Indicaron que
la forma en que asesinaron a Carlos Escaleras, así como la constante denegación de justicia y la situación de
impunidad que han vivido les ha generado sufrimiento y angustia.
B.
Posición del Estado
32.
En relación con el contexto descrito por los peticionarios, el Estado rechazó la existencia de
un patrocinio de una política de ejecuciones extrajudiciales contra determinado grupo social del país. Sostuvo
que la autoría de los homicidios de distintos defensores ambientalistas no puede atribuirse al Estado “como
tampoco, bajo ningún concepto o sentimiento, la responsabilidad en sus muertes”.
33.
Indicó que no existe una situación de impunidad generalizada en estos casos puesto que se
han emitido sentencias condenatorias contra los responsables de crímenes contra ecologistas en Honduras.
Agregó que ello se realiza sin importar la condición social de los responsables o sus contactos políticos.
34.
Señaló que en todos los casos, incluyendo hechos violentos causados por particulares, se
realizan oportunamente las diligencias necesarias para sancionar a los responsables. Indicó que “no est[á] en
capacidad de dar una seguridad diferente a personas que se dediquen a proteger los bienes ecológicos, pues
sería violar el principio de igualdad y crearía clases privilegiadas, lo que está prohibido por la Constitución”.
35.
Con respecto al fondo del presente asunto, el Estado reconoció que el señor Escaleras Mejía
“fue uno de los más reconocidos líderes populares del Valle del Aguan (…) desempeñándose como dirigente
en diversas organizaciones”.
36.
Señaló que no se sabe “si como consecuencia de sus indicadas actividades es que fue objeto
de amenazas por parte de ciertas empresas, al denunciarlas como responsables por daños al ambiente y al
ecosistema del Valle del Aguan, al derramar sustancias tóxicas en los ríos, sobre todo las empresas del señor
Miguel Facussé”. Agregó que desconoce si el señor Escaleras fue víctima de presiones, amenazas u ofertas de
dinero.
37.
Agregó que el mismo día del homicidio de Carlos Escaleras, cuatro presuntos responsables
fueron detenidos. Indicó que después de realizar distintas diligencias, se determinó que no habían
participado del crimen. Señaló que tras nuevas averiguaciones y diligencias, se logró dictar sentencia
condenatoria en contra de dos autores materiales.
38.
Indicó que a pesar de que durante el proceso fueron acusadas varias personas, unas
personas fueron absueltas mientras que a otras se les decretó sobreseimiento definitivo. Al respecto, señaló
que “si un juez considera que a un imputado que no tiene responsabilidad en los hechos y lo absuelve o lo
sobresee, lo hace bajo su propio criterio (…) quedándole a las partes únicamente el derecho de recurrir esa
resolución utilizando los recursos que la ley hondureña franquea”. Sostuvo que ello se evidencia en tanto la
Corte de Apelaciones de La Ceiba ha anulado algunas decisiones dictadas por el juzgado instructor.
39.
El Estado señaló que de conformidad con el expediente judicial, se realizó una investigación
seria y exhaustiva. Sostuvo que no ha existido una dilación injustificada en la realización del juicio, sino que
tanto el Ministerio Público y los órganos jurisdiccionales han actuado con la debida responsabilidad y
celeridad, respetando las garantías y los derechos consagrados en la Constitución de la República.
40.
El Estado señaló que el presente proceso penal resulta complejo por lo que se requiere de un
mayor tiempo para su investigación. Indicó que “se carece en gran medida de medios científicos para el
esclarecimiento de delitos complejos y aún aquellos países que teniendo capacidad económica,
procedimientos científicos, nunca llegan a determinar o a concluir con una investigación completa para que se
puedan castigar a los actores intelectuales y materiales del hecho delictivo”. Agregó que si las investigaciones
5