equipos especiales”, quienes, “dentro y fuera de las fronteras de sus países”64, cometían
secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones forzadas, entre otros delitos.
64. Entre 1973 y 197465, derivado de la situación política imperante en la región, personas
de distintas nacionalidades buscaron refugio en el territorio de Argentina. Sin embargo, a
partir de la instauración de la dictadura en 1976, las acciones represivas de la “Operación
Cóndor” contra activistas y opositores a los gobiernos dictatoriales de la región se
intensificaron en el último Estado mencionado66. De esa cuenta, entre otras acciones
desarrolladas en el marco de dicho plan, entre julio y octubre de 1976 fueron ejecutadas
operaciones conjuntas de cuerpos de seguridad argentinos y uruguayos “en l[a]s cuales fueron
secuestrad[a]s más de 60 [personas de nacionalidad] uruguay[a] en Buenos Aires”67.
65. Las actividades de represión desarrolladas durante el período del gobierno militar en
Argentina, en el contexto de la “Operación Cóndor”, incluyeron la “práctica sistemática y
generalizada” de “sustracción, retención y ocultamiento” de niños y niñas, con posterioridad
a la desaparición o ejecución de sus padres y madres68. Los tribunales internos han reconocido
la existencia de dicha práctica durante la época de la dictadura, en los términos siguientes:
[E]l patrón común consistió en que todas las madres de los niños sustraídos, al igual que casi la totalidad
de los padres, fueron víctimas de la acción represiva […] y fue a partir de tales hechos que los niños
quedaron a merced de las fuerzas intervinientes quienes dispusieron de ellos […]. Una vez llevada a cabo
la sustracción se evidenciaron diversos destinos que les fueron dados a los niños, aunque ninguno de ellos
fue la entrega a sus familiares, a pesar de los constantes, insistentes y heterogéneos reclamos y búsquedas
efectuadas por [e]stos en forma ininterrumpida, tanto ante las autoridades nacionales como extranjeras
[…]. [H]a podido acreditarse la existencia de una práctica sistemática y generalizada de sustracción,
retención y ocultamiento de menores de edad, haciendo incierta, alterando o suprimiendo su identidad, en
ocasión del secuestro, cautiverio, desaparición o muerte de sus madres en el marco de un plan general de
aniquilación que se desplegó sobre parte de la población civil con el argumento de combatir la subversión,
implementando métodos de terrorismo de Estado durante los años 1976 a 1983 […]69.
A.4. El centro clandestino de detención y tortura “Automotores Orletti”
66. La política represiva durante la dictadura incluyó la implementación y funcionamiento,
de manera clandestina, de centros de detención a los que eran trasladadas las personas
privadas ilegalmente de su libertad. Una vez en dichos centros, las personas eran sometidas
a condiciones inhumanas, que en distintos casos incluyeron actos de tortura o su ejecución.
Mientras tanto, las autoridades negaban toda información relativa a la detención, traslado o
alojamiento en tales centros de las víctimas ante los reclamos y acciones promovidas por sus
Cfr. Caso Gelman Vs. Uruguay, supra, párr. 51, y Sentencia emitida por el Tribunal Oral en lo Criminal FederalNo.
1 el 9 de agosto de 2016, causas No. 1504, 1951, 2054 y 1976 (expediente de prueba, tomo IV, anexo 8 al escrito
de contestación, folio 5375).
65
Si bien la “Operación Cóndor” se formalizó en noviembre de 1975, las acciones de represión se evidenciaron
en Argentina desde finales de 1973 e inicios de 1974. Cfr. Caso Gelman Vs. Uruguay, supra, párr. 47.
66
Según afirmó la perita Francesca Lessa, Argentina fue el país donde la coordinación represiva operó con mayor
intensidad, especialmente en la ciudad y la provincia de Buenos Aires. Cfr. Dictamen pericial suscrito por Francesca
Lessa (expediente de prueba, tomo XII, affidávits, folios 16996 y 17001).
67
Cfr. Caso Gelman Vs. Uruguay, supra, párr. 56. Según afirmó la perita Francesca Lessa, la mayor cantidad de
víctimas de la “Operación Cóndor” fueron de nacionalidad uruguaya, especialmente opositores políticos que se
encontraban en territorio argentino entre 1976 y 1978. Cfr. Dictamen pericial suscrito por Francesca Lessa
(expediente de prueba, tomo XII, affidávits, folios 16996, 16998 a 17001).
68
El Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias afirmó que “[u]n fenómeno específico que
se dio […] durante la época de la dictadura militar de 1976 a 1983 en la República Argentina fue la desaparición
forzada de niñas y niños”, y agregó que “[l]os niños y niñas eran sustraídos, despojados de su identidad y arrebatados
de sus familiares”. Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones
Forzadas o Involuntarias, Misión a la Argentina, 5 de enero de 2009, U.N. Doc. A/HRC/10/9/Add.1, párr. 10.
69
Cfr. Sentencia emitida por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal No. 6 el 17 de septiembre de 2012, causas No.
1351, 1499, 1604, 1584, 1730 y 1772 (expediente de prueba, tomo IV, anexo 18 al escrito de contestación, folios
15446, 15465 y 15518). Véase, Caso Gelman Vs. Uruguay, supra, párrs. 61 a 63, y dictamen pericial de Pablo Parenti,
rendido en audiencia pública ante esta Corte.
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