4 A) Sobre la obligación de continuar con la tramitación del proceso penal seguido por la desaparición forzada de Renato Ticona Estrada, de manera que éste concluya en el más breve plazo (punto resolutivo décimo de la Sentencia) 6. El Estado informó que han existido acciones por parte del Ministerio Público para la conclusión del proceso judicial, posterior ubicación de los convictos y la ejecución de los mandamientos de captura. Al respecto, señaló que el Ministerio Público informó que el proceso penal seguido contra Roberto Melean Rendón, René Veizaga Vargas, Willy Valdivia Gumucio, Eduardo García Alba y Alfredo Sanabria o Saravia5, por los delitos de asesinato y otros, ha sido sustanciado y se emitió la Resolución No. 002/2008 de 8 de enero de 2008, en la cual estableció: • • Sentencia condenatoria en rebeldía por el delito de asesinato, contra Roberto Melean Rendón, René Veizaga Vargas y Willy Valdivia Gumucio, como autores por el delito de asesinato, privación de libertad, amenazas y secuestro, condenándolos a la pena de 30 años de presidio sin derecho a indulto. Sentencia condenatoria contra Eduardo García Alba y Alfredo Sanabria por complicidad en el delito de asesinato, privación de libertad, amenazas y secuestro, imponiéndoles la pena de 3 años y 6 meses de privación de libertad. 7. Además, señaló que el fallo de primera instancia fue confirmado por la Resolución de Segunda Instancia No. 94/2008 de 1 de agosto de 2008, la cual quedó firme con la emisión del Auto Supremo No. 346 de 23 de marzo de 2009. Seguidamente, el juez de la causa emitió los mandamientos de condena. Además, el Ministerio Público estuvo a cargo del procedimiento de aprehensión de convictos en coordinación con el Centro Especial de Investigación Policial con el fin de ejecutar dicho fallo judicial. Para tales efectos, los días 7 de julio y 13 de julio de 2009 se ejecutaron mandamientos de captura contra René Veizaga Vargas, y Roberto Melean, respectivamente, y de Eduardo García Alba. Por último, indicó que se encuentran prófugos Willy Valdivia Gumucio y Alfredo Sanabria o Saravia, y para ubicarlos, el Ministerio Público ha emitido dos requerimientos fiscales. 8. En sus observaciones de 11 de agosto de 2010 los representantes manifestaron que si bien se cuenta con el Auto Supremo No. 346 de 23 de marzo de 2009, la sentencia de condena contra Willy Valdivia Gumucio y Alfredo Sanabria o Saravia, se encuentra pendiente de ejecución, ya que los autores estarían actualmente prófugos. Por ello, consideraron que el Estado debe extremar los esfuerzos para capturar a los condenados, por lo que no es suficiente argumentar que se está pidiendo información a una asociación privada policial para conocer el destino de uno de ellos. 9. La Comisión valoró positivamente los avances en el proceso interno desde la emisión de la Sentencia de la Corte Interamericana y destaca los avances en la búsqueda de las personas condenadas, pues tres de ellas ya se encontrarían cumpliendo la pena impuesta. Sin perjuicio de ello, la Comisión consideró que la información aportada respecto a la búsqueda de Willy Valdivia Gumucio y Alfredo Sanabria o Saravia es general y no permite entender las distintas alternativas exploradas por el Estado. Por lo que la Comisión espera que el Estado aporte mayores elementos sobre las medidas concretas y respuestas obtenidas en la búsqueda de dichas personas. 10. El Tribunal valora la información aportada por el Estado, en tanto refleja la voluntad de cumplir con sus obligaciones internacionales de investigar y sancionar a los responsables 5 En la Sentencia condenatoria del Juzgado Tercer de Partido en lo Penal de La Paz de 8 de enero de 2008 se condenó a Alfredo Saravia, y según lo señalado por el Estado las órdenes de ejecución se encuentran a nombre de Alfredo Sanabria o Saravia, en razón de esto cuando el Tribunal se refiera a esa persona lo hará con el nombre de Alfredo Sanabria o Saravia.

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