RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 30 DE ABRIL DE 2024
CASO MASACRES DE EL MOZOTE Y LUGARES ALEDAÑOS VS. EL SALVADOR
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante
“la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 25 de octubre de 2012 1.
2.
Las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia emitidas por el Tribunal
los días 3 de mayo de 2016, 31 de agosto de 2017, 30 de mayo y 28 de noviembre de 2018,
28 de mayo y 3 de septiembre de 2019, 19 de noviembre de 2020 y 25 de noviembre de
2021 2.
3.
Los informes presentados por la República de El Salvador (en adelante “el Estado” o
“El Salvador”) entre febrero de 2015 y febrero de 2024, los escritos de observaciones
presentados por las representantes de las víctimas entre abril de 2015 y enero de 2024, y los
presentados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “la
Comisión” o “la Comisión Interamericana”) entre agosto de 2015 y noviembre de 2021.
4.
Los escritos presentados por Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos
entre agosto de 2016 y agosto de 2018, mediante los cuales brindó informes como “otra
fuente de información” distinta a la que aporta el Estado como parte en el proceso, en
aplicación del artículo 69.2 del Reglamento de la Corte.
5.
La audiencia privada sobre la supervisión del cumplimiento de la Sentencia, celebrada
el 12 de marzo de 2024 durante el 165 Período Ordinario de Sesiones, la cual se llevó a cabo
de manera presencial en la sede del Tribunal 3, y tuvo como objeto recibir información sobre
Cfr. Caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 25 de octubre de 2012. Serie C No. 252. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en:
http://corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_252_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 10 de diciembre de
2012.
2
Disponibles en: https://corteidh.or.cr/supervision_de_cumplimiento.cfm.
3
Asimismo, la Presidenta de la Corte autorizó la participación virtual de las víctimas que no pudieron asistir
presencialmente. A esta audiencia comparecieron de manera presencial: a) por parte del Estado: Conan Tonathiu
Castro Ramírez, Secretario Jurídico de la Presidencia; Carlos Gabriel Alvarenga Cardoza, Viceministro de Salud; Tania
Camila Rosa y Gloria Evelyn Martínez Ramos, respectivamente, Directora de Derechos Humanos y Jefa del
Departamento de Casos Internacionales de Derechos Humanos de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Agente del caso; Mario Yoel Chacón, Jefe de la Unidad de Investigación de Delitos ocurridos
durante el Conflicto Armado de la Fiscalía General de la República; Adela Sarabia, Jefa de la Unidad Fiscal de Derechos
Humanos, y Andrés Amador y Vera Ludmila Castro, respectivamente, Coordinador y Secretaria Ejecutiva del Consejo
Directivo del Registro Único de Víctimas de El Mozote y lugares aledaños; b) por las víctimas y sus representantes:
Leonel Tobar, perteneciente a la Asociación Promotora de Derechos Humanos de Víctimas del Mozote; Ovidio Mauricio
y Alejandro Díaz, de la Asociación de Derechos Humanos Tutela Legal “Dra. María Julia Hernández” (Tutela Legal);
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