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13.
Los peticionarios alegan que el Estado es responsable por la violación del
derecho a las garantías judiciales establecido en el artículo 8(1) de la Convención en perjuicio
de Homero Flor Freire en virtud de que el procedimiento de “información sumaria” al que fue
sometido no es un procedimiento establecido en la Ley sino en un Acuerdo Ministerial de
carácter reservado que no fue publicado en el Registro Oficial y por lo tanto no se encuentra
a disposición de todos los ciudadanos. Asimismo, alegan que el Estado es responsable por la
violación del derecho a la protección judicial establecido en el artículo 25 de la Convención
Americana en tanto la presunta víctima no tuvo acceso a un recurso efectivo para proteger
sus derechos. En ese contexto, sostienen que los recursos que fueron interpuestos fueron
rechazados por razones superfluas.
14.
Los peticionarios alegan que el Estado es responsable por la violación de su
deber de adoptar disposiciones de derecho interno establecido en el artículo 2 de la
Convención Americana al introducir una norma de carácter discriminatorio como el artículo
117 del Reglamento de Disciplina Militar. Alegan además que dicha norma equipara la
conducta homosexual con conductas de carácter penal como el uso indebido, tráfico y
comercialización de drogas o estupefacientes. Finalmente, alegan que la resolución adoptada
por el Estado mediante la cual colocó a la presunta víctima en situación de disponibilidad y
posteriormente le dio de baja del servicio activo de la Fuerza Terrestre habría ocasionado la
privación de su derecho al trabajo y la correspondiente violación del artículo XIV de la
Declaración Americana.
15.
En cuanto al cumplimiento con el requisito del previo agotamiento de los
recursos internos establecido en el artículo 46(1)(a) de la Convención Americana, los
peticionarios alegan que la decisión del Tribunal Constitucional de 4 de febrero de 2002,
notificada el 4 de marzo de 2002, agotó los recursos de jurisdicción interna, lo cual daría por
cumplido el mencionado requisito. Sostienen que en caso de que la Comisión considere que
el recurso de amparo no agotó los recursos internos serían aplicables las excepciones al
requisito de previo agotamiento establecidas en el artículo 46(2) de la Convención Americana.
16.
En cuanto al argumento del Estado sobre recursos internos que la presunta
víctima debía interponer frente al acto administrativo que dispuso su baja (ver infra Posición
del Estado) los peticionarios sostienen que la baja fue una consecuencia de la resolución del
Juzgado de Derecho de la Cuarta Zona Militar de 17 de enero de 2001. Alegan que contra
dicha resolución se interpuso “el único recurso disponible en la [l]egislación interna en sede
administrativa” es decir, un recurso de apelación ante el Consejo de Oficiales Superiores de
la Fuerza Terrestre, el cual fue desechado el 18 de julio de 2001. Sostienen además que la
resolución del Consejo de Oficiales Superiores causó ejecutoria de conformidad con el artículo
200 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.
17.
En cuanto a los recursos contencioso administrativos señalados por el Estado
(ver infra Posición del Estado) los peticionarios sostienen que el artículo 6 literal c) de la Ley
de la Jurisdicción Contencioso Administrativa señala que “[n]o corresponden a la jurisdicción
contencioso - administrativa: […] c) Las cuestiones que se susciten en relación con los actos
políticos del Gobierno, como aquellas que afectan a la defensa del territorio nacional, a las
relaciones internacionales, a la seguridad interior del Estado y a la organización de la Fuerza
Pública […]”. Al respecto, alegan que la resolución del Juzgado de Derecho de la Cuarta Zona
Militar se refiere a la organización de la Fuerza Pública por lo que el recurso contencioso
administrativo no sería adecuado para proteger la situación jurídica de la presunta víctima.
Alegan que en virtud de la limitación establecida en la Ley Contencioso Administrativa no
habría sido posible obtener una sentencia de última instancia y por lo tanto la posibilidad de
interponer un recurso de casación. En suma, los peticionarios alegan que mientras la
resolución del Juzgado de Derecho de la Cuarta Zona Militar siga vigente, cualquier